Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0024)
Acuerdo de 28 de enero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en aprobar el Plan General Municipal "Simplificado" de Monterrubio de la Serena.
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NÚMERO 101

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Viernes, 28 de mayo de 2021

ANEXO I
Como consecuencia de la aprobación asunto más arriba epigrafiado por la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 28/01/2021, se redactaron
las normas urbanísticas siguientes:

TÍTULO 1. CONTENIDO COMÚN.

CAPÍTULO.1.1. DEFINICIONES.
Art.1.1.1.1. Parámetros urbanísticos
Son las variables que regulan los aprovechamientos urbanísticos del suelo y la
edificación.
Art.1.1.1.2.

Alineación

Es la línea de proyección que delimita la manzana separándola de la red viaria y los
espacios libres, de uso y dominio público.
Art.1.1.1.3.

Manzana

Es la parcela o conjunto de parcelas aptas para edificar
Art.1.1.1.4.

Parcela o parcela urbanística

Es la unidad de propiedad a la que se le asignan usos y aprovechamientos urbanísticos.
Art.1.1.1.5.

Línea de edificación

Es la línea de proyección que define los planos que delimitan un volumen de edificación.
Art.1.1.1.6. Ancho de vial
Es la menor de las distancias entre cualquier punto de la alineación y la opuesta del
mismo vial.
Art.1.1.1.7.

Rasante

Es la cota que determina la elevación de un punto del terreno respecto de la cartografía
que sirve de base al planeamiento.
Art.1.1.1.8. Parcela edificable
Para que una parcela se considere edificable, ha de pertenecer a una categoría de suelo
en que el planeamiento admita la edificación, tener aprobado definitivamente el planeamiento
señalado para el desarrollo del área o sector en que se encuentre, satisfacer las condiciones de
parcela mínima, conforme a la normativa de zona o de desarrollo del planeamiento, le fuesen
aplicables, contar con acceso directo desde vial público, apto para el tráfico rodado, que garantice
el acceso de los servicios de protección contra incendios y la evacuación de sus ocupantes, y
contar con agua potable, sistema de evacuación de aguas residuales y energía eléctrica, si los
usos a los que fuese a destinar la edificación requiriesen tales servicios.