Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0024)
Acuerdo de 28 de enero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en aprobar el Plan General Municipal "Simplificado" de Monterrubio de la Serena.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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Está formado por “parte de los polígonos catastrales 12, 13, 14 y 17 según perímetro y
coordenadas detalladas posteriormente. La superficie agraria total de la zona es de 1911
hectáreas, siendo las parcelas objeto de la puesta en riego aquellas 1.200 hectáreas de cultivos
permanentes o en su defecto de tierras arables más favorables de ese perímetro.
La zona limita al norte con el arroyo de Benquerencia, al este con los polígonos
catastrales 15 y 16, al oeste con la carretera regional EX – 224 y el polígono catastral 23, al sur
con la carretera regional EX – 211 y con el límite del término municipal de Monterrubio.”
El informe también incorporaba la delimitación gráfica del perímetro.
Es necesario tener en cuenta que dicho perímetro tiene más de 1911 hectáreas, pero de
él hay que descontar la superficie de caminos y ríos, que no computan en la superficie de
parcelas.

Art.3.1.1.27. Tratamiento de los bienes de dominio público no municipal
Existen los siguientes dominios públicos no municipales:







Dominio público hidráulico.
Montes de utilidad pública de titularidad autonómica
Dominio público de carreteras.
Dominio público vías férreas.
Dominio público de vías pecuarias.
Dominio público minero.
Para ellos será prevalente la ordenación sectorial correspondiente.
Art.3.1.1.28. Ordenación de los establecimientos y de las actividades susceptibles de
generar tráfico intenso o problemas de aparcamiento

Los planes parciales y especiales deberán realizar este estudio de intensidad de tráfico
interno y ordenar detalladamente ubicando las plazas de estacionamiento.
Las futuras actividades susceptibles de generar tráfico intenso que pudieran instalarse
en el término municipal llevarán en la documentación el estudio de este aspecto, justificando las
soluciones que propongan.
Art.3.1.1.29. Elementos por encima de la altura máxima de la edificación en Bienes
incluidos en el Catálogo
Los bienes incluidos en el Catálogo, tanto en suelo urbano como urbanizable o no
urbanizable, que tengan elementos por encima de la altura máxima podrán conservar la altura
de dichos elementos, por ejemplo, campanarios de iglesias, torreones, etc.
En cualquier caso, se deberán cumplir todas las prescripciones que el Catálogo
establece para ellos.
Art.3.1.1.30. Programa de seguimiento ambiental del Plan General Municipal