Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0024)
Acuerdo de 28 de enero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en aprobar el Plan General Municipal "Simplificado" de Monterrubio de la Serena.
243 páginas totales
Página
NÚMERO 101
26533
Viernes, 28 de mayo de 2021
ORDENACIÓN DETALLADA
(m2techo/m2suelo)
PLAZAS DE APARCAMIENTO
PRIVADAS
39
1 plaza/100 m2 superficie construida
Ver ordenación de usos de Zona de
Odenación Urbanística y Subzonas de
Ordenanza.
Ver condiciones por Zona de
CONDICIONES EDIFICATORIAS
Ordenación Urbanística y Subzonas
de Ordenanza.
DOCUMENTOS ASOCIADOS
USOS COMPATIBLES
CAPÍTULO.4.3. INFRAESTRUCTURAS.
SECCIÓN.4.3.1. CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS SOBRE LAS INFRAESTRUCTURAS.
Art.4.3.1.1. Necesidad
infraestructuras
de
establecer
condiciones
específicas
para
algunas
En la ordenación estructural del Plan General se han establecido unas condiciones para
las infraestructuras, que atañen a todas las clases de suelo del término municipal.
Por otra parte, en la ordenación detallada del suelo urbano y urbanizable se han realizado
unas determinaciones sobre las infraestructuras en el marco de la ordenación detallada
completa. Además, en las fichas de gestión estructural y detallada de los distintos ámbitos de
suelo no consolidado y urbanizable se dan algunas indicaciones también para la ejecución.
No obstante, una vez asumida dicha ordenación detallada, son necesarias algunas
determinaciones más específicas, que son las que se indican en este apartado para las
instalaciones urbanas que así lo requieren.
Art.4.3.1.2. Imputación de costes de las obras sobre las infraestructuras en el suelo
urbano consolidado
Con carácter general, las obras sobre las infraestructuras del suelo urbano consolidado,
correrán a cuenta del presupuesto público, ya sea municipal o supramunicipal.
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Viernes, 28 de mayo de 2021
ORDENACIÓN DETALLADA
(m2techo/m2suelo)
PLAZAS DE APARCAMIENTO
PRIVADAS
39
1 plaza/100 m2 superficie construida
Ver ordenación de usos de Zona de
Odenación Urbanística y Subzonas de
Ordenanza.
Ver condiciones por Zona de
CONDICIONES EDIFICATORIAS
Ordenación Urbanística y Subzonas
de Ordenanza.
DOCUMENTOS ASOCIADOS
USOS COMPATIBLES
CAPÍTULO.4.3. INFRAESTRUCTURAS.
SECCIÓN.4.3.1. CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS SOBRE LAS INFRAESTRUCTURAS.
Art.4.3.1.1. Necesidad
infraestructuras
de
establecer
condiciones
específicas
para
algunas
En la ordenación estructural del Plan General se han establecido unas condiciones para
las infraestructuras, que atañen a todas las clases de suelo del término municipal.
Por otra parte, en la ordenación detallada del suelo urbano y urbanizable se han realizado
unas determinaciones sobre las infraestructuras en el marco de la ordenación detallada
completa. Además, en las fichas de gestión estructural y detallada de los distintos ámbitos de
suelo no consolidado y urbanizable se dan algunas indicaciones también para la ejecución.
No obstante, una vez asumida dicha ordenación detallada, son necesarias algunas
determinaciones más específicas, que son las que se indican en este apartado para las
instalaciones urbanas que así lo requieren.
Art.4.3.1.2. Imputación de costes de las obras sobre las infraestructuras en el suelo
urbano consolidado
Con carácter general, las obras sobre las infraestructuras del suelo urbano consolidado,
correrán a cuenta del presupuesto público, ya sea municipal o supramunicipal.