Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061519)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Torrecilla" de 49,9 MWp, en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera (Cáceres). Expte.: IA20/1264.
40 páginas totales
Página
NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021



26029

5. L
 os residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse las
correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología, clasificación y compatibilidad.



6. E
 n relación con el centro de seccionamiento y transformadores deberá tenerse presente el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación
de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares
para la declaración de suelos contaminados, y el Decreto 49/2015, de 30 de marzo,
por el que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.



7. Tal y como se establece en la Disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, en el
caso de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, deberá
procederse por parte del promotor, a la designación de un coordinador ambiental,
que ejercerá las funciones que se detallan en el artículo 2 de la precitada disposición,
durante la fase de ejecución y funcionamiento del proyecto.

D.2. Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción.


1. Se notificará a la DGS el inicio de las obras con una antelación mínima de un mes.



2. S
 e realizará antes de la ejecución de los desbroces una inspección de campo para la
localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser eliminados de forma directa.



3. S
 e procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al
objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.



4. S
 e evitará, en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, situando
las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares,
áreas de trabajo, zonas de préstamo, vertederos, etc.



5. S
 e evitará todo tipo de movimientos de tierras no contemplados en esta evaluación.
La tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas
necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de
restauración posteriores.



6. L
 os viales nuevos y los tramos a acondicionar se adaptarán a la orografía de la zona,
minimizando los movimientos de tierras y evitando la ejecución de desmontes y terraplenes excesivos.