Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061531)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Belvis III" de 4,496 MWp, e infraestructura de evacuación en el término municipal de Almaraz (Cáceres). Expte.: IA20/670.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021



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— El comedero serán tolvas de 60 cm de largo, 25 cm de ancho y 30 cm de alto,
con una capacidad de 15 kilos. Para evitar que el pienso se humedezca en
época lluviosa, se colocará una estructura de chapa sobre una base metálica
con cuatro patas que proteja el pienso de la humedad.



— Cerramiento. Las características del cerramiento dependerá de la presencia
de otras especies cinegéticas de caza mayor (jabalí, ciervo, etc ) y del tipo de
ganado doméstico presente en la en la finca. Deberán permitir con facilidad
la entrada del conejo y de otras especies (liebre, perdiz), con una luz mínima
de 15x15 en toda la cuadrícula, disponiendo de suficiente espacio como para
que los animales se muevan con soltura dentro del recinto vallado donde se
encuentra el comedero y el bebedero. En zonas con presencia de ganado porcino o jabalí, se recomienda la realización de una estructura de forma cúbica,
realizada con mallazo 15x15x8 a 5 caras con unas dimensiones de 1,5x1,5,1,5
m, cubriendo la zona superior con monte para proporcionar sombra, y en cuyo
interior se ubicarán el comedero y el bebedero.



8. P
 ara asegurar una población adecuada de conejos, se realizarán sueltas anuales
en las que tendrá que estar presente un técnico del servicio de conservación de
la naturaleza.



9. D
 estinar a conservación mediante acuerdos de custodia de territorio, una parcela
de superficie de 1,5 ha de superficie, dentro del mismo término municipal o comarca, en el carea de distribución de la especie Ophrys apidera var almaracensis.
Se destinará a conservación de poblaciones de orquídeas creando reservas de
estas especies.



E
 stas medidas se detallarán en el Plan de Vigilancia Ambiental que incluirá un seguimiento de su implantación y resultados.

D.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.


1. E
 n caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado
original, desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor
autorizado. Se elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como la vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de
actuación en perfecto estado de limpieza, siendo retirados los residuos cumpliendo
la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, con el restablecimiento de la escorrentía original, intentando mantener la topografía original del
terreno y procurando la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto.
Estas medidas se realizarán en un periodo inferior a 9 meses a partir del fin de la
actividad.