Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Plan Infoex. (2021050082)
Orden de 24 de mayo de 2021 por la que se establece la época de peligro alto de incendios forestales del Plan INFOEX, se regula el uso del fuego y las actividades que puedan provocar incendios durante dicha época en el año 2021.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021

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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

ORDEN de 24 de mayo de 2021 por la que se establece la época de peligro
alto de incendios forestales del Plan INFOEX, se regula el uso del fuego y las
actividades que puedan provocar incendios durante dicha época en el año
2021. (2021050082)
La Ley 5/2004 de 24 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en
Extremadura, faculta a la titular de la Consejería competente en materia de incendios
forestales para establecer anualmente, mediante orden, las fechas correspondientes a cada
Época de Peligro. Asimismo, delimita las competencias y obligaciones de Administraciones,
personas propietarias y titulares en relación con la planificación preventiva, definiendo un
conjunto de instrumentos de prevención que vienen a desarrollarse en el Plan PREIFEX.
El Decreto 52/2010 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios
Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), extiende la vigencia de
este Plan a todo el año, y establece la Época de Peligro Alto como aquella en la que, por las
condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de incendios forestales sean potencialmente elevados y aconsejen un despliegue máximo de los medios existentes.
El Decreto 260/2014 de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios
Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX) desarrolla los instrumentos de prevención de incendios forestales y faculta a la titular de la Consejería competente en materia de incendios forestales para regular aspectos de la prevención mediante las
respectivas órdenes de declaración de Época de Peligro de Incendios Forestales.
Por todo ello, y en virtud de la competencia que en materia de incendios forestales tiene atribuida la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. C
 onstituye el objeto de la presente orden, establecer la Época de Peligro Alto de incendios
forestales del Plan INFOEX, regular el uso del fuego y las actividades que puedan provocar
o elevar el riesgo de incendios durante dicha época en el año 2021.
2. E
 l ámbito de aplicación de esta orden se extenderá a todos los terrenos forestales y su zona
de influencia. No obstante, las prohibiciones y limitaciones al uso del fuego y actividades
que puedan causar incendios, se aplicarán además al resto de los terrenos, incluidos los
agrícolas, urbanos e industriales, en espacios abiertos y semiabiertos.