Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061506)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y el Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura para la formación de facultativos en materia de conservación, rehabilitación y restauración del patrimonio histórico durante las anualidades 2021 y 2022.
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NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021

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efectivo de los referidos gastos, que deberán presentarse ante la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura (Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural) con anterioridad al pago de la aportación mencionada.
En cuanto a la justificación de las actuaciones realizadas en esta anualidad, deberán llevarse
a cabo con anterioridad al 30 de noviembre de 2022, sin perjuicio del plazo de vigencia del
Convenio.
Una vez recibidas las aportaciones de la Junta de Extremadura, el Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura certificará haber registrado en su contabilidad el expresado importe con
la finalidad objeto del presente Convenio.
Séptima. Debido a las dificultades obvias para la justificación a tiempo de la parte económica
correspondiente al mes de diciembre en cada una de las anualidades, el Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, se compromete igualmente, a realizar el pago del mes de diciembre junto al correspondiente al mes de noviembre, sin perjuicio de poder exigir la devolución
del mes devengado por anticipado, si se concluye, mediante informe fundamentado, que la
persona seleccionada para el presente convenio, no ha cumplido con los requisitos necesarios
para completar convenientemente su labor formativa.
Los gastos que hayan sido justificados deberán encontrarse, en todo momento, a disposición
de ser comprobados tanto por la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes como por la Intervención General de la Junta de Extremadura.
Octava. Todo incremento sobre la cantidad comprometida por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura, como consecuencia de
cualquier modificación en las actuaciones, será soportado y abonado por el Colegio Oficial de
Arquitectos de Extremadura.
Si el importe final de las actuaciones fuera inferior a la financiación total prevista para el presente convenio, la diferencia redundará en beneficio de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural. A tal efecto, la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la
Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural abonará, como máximo, únicamente la parte que corresponda efectivamente al gasto
realizado, liberándose los créditos restantes.
Novena. El proceso de selección de los facultativos, queda condicionado al cumplimiento del
resto de trámites necesarios para la firma del presente documento, hecho del que deberán
ser informados los preseleccionados y podrá llevarse a efectos con anterioridad a la firma del
presente convenio.