Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061473)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 16,05 hectáreas", cuyo promotor es D. Demetrio Carrasco Mancha, en los términos municipales de Don Álvaro y Valverde de Mérida (Badajoz). Expte.: IA18/2043.
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NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021



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El texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Indica que cualquier actuación que se realice en el DPH
requiere autorización administrativa previa, que; en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna concesión de aguas públicas. En ningún caso se autorizará
dentro del DPH la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a
albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 77 del Reglamento del DPH.



No obstante, se indica que, de acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del
DPH, los terrenos (márgenes) que lindan con los cauces, así como las márgenes de
lagos, lagunas y embalses, están sujetos en toda su extensión longitudinal a:



• Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los
siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de necesidad.



• Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso
del suelo y las actividades que se desarrollen.



En cuanto al consumo de agua, estimado en 25670 m3/año, procedentes de la
toma de aguas superficiales la Confederación Hidrográfica del Guadiana comunica
que, según los datos obrantes en este Organismo, el promotor solicitó, con fecha
17/11/2014 una concesión de aguas superficiales, la cual se tramita con n.º de expediente 5139/2014.



La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego.





Se especifica que no existen masas de agua subterráneas ni superficiales.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra
necesarios para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para la siembra de los olivos,
instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de compactación de los horizontes
superficiales del suelo. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud
elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correc-