Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061469)
Resolución de 28 abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de fabricación y reparación de palés de madera y almacenamiento y gestión de residuos no peligrosos y peligrosos, cuyo promotor es Víctor Manuel Cortés Medina, en el término municipal de Almendralejo.
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NÚMERO 97
25174
Lunes, 24 de mayo de 2021
22. E
n el caso de que excepcionalmente, junto con los residuos autorizados a gestionar conforme al apartado a.1, se recogiese residuos peligrosos no autorizado a recoger, así como
todos los residuos peligrosos autorizados, estos deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto 833/1988,
de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986,
básica de residuos tóxicos y peligrosos. El tiempo máximo para el almacenamiento de
residuos peligrosos no podrá exceder de seis meses.
Deberá habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Deberán ser áreas cubiertas y de solera
impermeable, que conducirá posibles derrames a arquetas de recogida estanca o medidas
de eficacia similar; su diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y
condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
23. C
onforme al proyecto básico aportado junto con la solicitud de autorización ambiental
unificada, no se permite el almacenamiento de residuos sobre terreno natural. Tampoco
se permite el almacenamiento en el exterior a la nave o en el patio de ningún residuo
diferente a los permitidos en el apartado a.10
b) Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de los
residuos generados en la actividad
1. L
os residuos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son los
siguientes:
CÓDIGO
LER (1)
RESIDUO
ORIGEN
CANTIDAD ANUAL
GENERADA (APROX.)
20 01 01
Papel y cartón usado
Actividades de administración
20 kg/año
16 02 13
Material informático
Actividades de administración
<5 kg/año
20 01 21
Fluorescentes
Iluminación de instalaciones
<5 kg/año
20 01 40
Metales
Mantenimiento
100 kg/año
20 03 01
Mezcla de residuos municipales
Limpieza de oficinas, vestuarios y aseos
500 kg/año
19 12 11*
Residuo liquido peligroso
Escurrido y prensado de envases contaminados
200 kg/año
(1) L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la decisión de la Comisión 2014/955/UE. Los residuos cuyos códigos LER aparecen marcados con un asterisco están considerados como residuos peligrosos.
25174
Lunes, 24 de mayo de 2021
22. E
n el caso de que excepcionalmente, junto con los residuos autorizados a gestionar conforme al apartado a.1, se recogiese residuos peligrosos no autorizado a recoger, así como
todos los residuos peligrosos autorizados, estos deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto 833/1988,
de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986,
básica de residuos tóxicos y peligrosos. El tiempo máximo para el almacenamiento de
residuos peligrosos no podrá exceder de seis meses.
Deberá habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Deberán ser áreas cubiertas y de solera
impermeable, que conducirá posibles derrames a arquetas de recogida estanca o medidas
de eficacia similar; su diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y
condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
23. C
onforme al proyecto básico aportado junto con la solicitud de autorización ambiental
unificada, no se permite el almacenamiento de residuos sobre terreno natural. Tampoco
se permite el almacenamiento en el exterior a la nave o en el patio de ningún residuo
diferente a los permitidos en el apartado a.10
b) Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de los
residuos generados en la actividad
1. L
os residuos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son los
siguientes:
CÓDIGO
LER (1)
RESIDUO
ORIGEN
CANTIDAD ANUAL
GENERADA (APROX.)
20 01 01
Papel y cartón usado
Actividades de administración
20 kg/año
16 02 13
Material informático
Actividades de administración
<5 kg/año
20 01 21
Fluorescentes
Iluminación de instalaciones
<5 kg/año
20 01 40
Metales
Mantenimiento
100 kg/año
20 03 01
Mezcla de residuos municipales
Limpieza de oficinas, vestuarios y aseos
500 kg/año
19 12 11*
Residuo liquido peligroso
Escurrido y prensado de envases contaminados
200 kg/año
(1) L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la decisión de la Comisión 2014/955/UE. Los residuos cuyos códigos LER aparecen marcados con un asterisco están considerados como residuos peligrosos.