Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. Adjudicación Definitiva. (2021061525)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se resuelve, con carácter definitivo, el concurso de traslados convocado por Resolución de 22 de octubre de 2020 para los funcionarios docentes del Cuerpo de Maestros.
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NÚMERO 96
Viernes, 21 de mayo de 2021

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e) L
 istado del personal docente que, habiendo participado con carácter forzoso en el concurso de traslados, no ha obtenido destino definitivo y se les declara pendientes de
destino provisional.
Segundo. Toma de posesión.
Los destinos adjudicados por esta resolución, de conformidad con lo que dispone el artículo
19 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, y la base vigésima de la Resolución de 22
de octubre de 2020, son irrenunciables.
El cese en el destino de procedencia tendrá lugar el día 31 de agosto de 2021 y la toma de
posesión del nuevo destino el día 1 de septiembre de 2021.
No obstante, el profesorado que haya obtenido destino en este concurso, deberá permanecer
en sus centros de origen hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstas para
la finalización del curso.
Tercero. Anulación de destinos.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de la base vigésima, en los casos
en que se hubiesen provisto vacantes o resultas inexistentes o si, como consecuencia de la
interposición de recursos en vía administrativa o contencioso-administrativa, se anulasen las
adjudicaciones de puestos, el profesorado afectado será considerado pendiente de destino
provisional como consecuencia de resolución de recurso o cumplimiento de sentencia, siéndoles aplicables lo establecido en el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre. Dichos funcionarios estarán obligados a participar en todos los concursos de traslados que se convoquen
hasta la obtención de un destino definitivo. Asimismo tendrán la obligación de participar en el
procedimiento para la adjudicación de destinos, con carácter provisional, para el curso escolar
2021/2022.
Cuarto. Retirada de documentación.
Los participantes que hayan presentado documentación para la justificación de los méritos
alegados podrán retirarla por si mismo o por persona debidamente autorizada, en la Dirección
General de Personal Docente, durante el mes de septiembre de 2021, siempre que no esté
pendiente de resolución ningún recurso en vía administrativa o judicial. Si la documentación
no se retirase en el plazo señalado, se entenderá que el participante renuncia a su recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho a ello.
Quinto. Reingreso al servicio activo.
Los profesores excedentes que reingresen al servicio activo como consecuencia del concurso
presentarán, ante la Delegación Provincial de Educación de la que dependa el centro obtenido