Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Convocatoria. (2021050076)
Orden de 17 de mayo de 2021 por la que se efectúa la convocatoria de plazas en la Residencia Estable de Deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva "Ciudad Deportiva de Cáceres", para la temporada 2021/2022.
24 páginas totales
Página
NÚMERO 96
Viernes, 21 de mayo de 2021

24938

5. L
 a resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa. Los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dicta el acto, en el plazo de un
mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o, en su caso, interponer directamente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación,
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,
sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen
procedente.
6. L
 os deportistas seleccionados deberán incorporarse a la Residencia en la fecha y forma
señalada en el artículo 8 del decreto regulador del procedimiento de concesión de plazas.
Artículo 9. Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios de las plazas ofertadas por la presente convocatoria estarán sometidos a
las obligaciones que determinan los artículos 15, 21 y 22 del Decreto 95/2016, de 8 de julio,
en función de que obtengan plaza a título individual o entre las reservadas a las federaciones
deportivas extremeñas.
Disposición final primera. Ejecución y Desarrollo.
Se autoriza al Director General de Deportes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
de la Junta de Extremadura para adoptar las medidas que considere oportunas para la ejecución y desarrollo de la presente convocatoria.
Disposición final segunda. Eficacia y Recursos.
El presente acto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acto de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en el artículo 102 de la
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Así mismo, podrá interponerse directamente el recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. En el caso de que los interesados hubieran interpuesto un recurso de reposición, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
haya sido resuelto o haya transcurrido el plazo para entenderlo desestimado.