Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Convocatoria. (2021050076)
Orden de 17 de mayo de 2021 por la que se efectúa la convocatoria de plazas en la Residencia Estable de Deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva "Ciudad Deportiva de Cáceres", para la temporada 2021/2022.
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NÚMERO 96
Viernes, 21 de mayo de 2021

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Artículo 6. Comisión de Valoración.
La Comisión de Valoración procederá y estará integrada por las personas señaladas en el artículo 6 del Decreto por el que se establece el procedimiento regulador para la concesión de
plazas en la residencia estable de deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva “Ciudad
Deportiva de Cáceres”.
Artículo 7. Criterios de Valoración y Ponderación de las solicitudes y asignación de
plazas.
1. L
 a Comisión de Valoración realizará la selección de las solicitudes presentadas atendiendo a
los criterios de valoración y ponderación establecidos en el artículo 13, para las solicitudes
de los deportistas a título individual, y en el artículo 19, para las presentadas por las federaciones deportivas, del Decreto regulador para la concesión de las plazas.
2. L
 a asignación de plazas se efectuará, igualmente, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 14 y 20 del Decreto 95/2016, de 5 de julio, que se aplican respectivamente para
ambos grupos.
Artículo 8. Resolución, notificación e incorporación de los residentes.
1. E
 l órgano competente para resolver sobre la concesión de plazas es la persona titular de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura en virtud de la competencia que le atribuye el Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
2. L
 a concesión de las plazas será notificada individualmente a los interesados en el plazo
de tres meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura. Dicho plazo podrá suspenderse o se suspenderá de acuerdo con lo previsto
con el artículo 22 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. La falta de notificación de la resolución expresa dentro del plazo máximo para
resolver legítima al interesado para entenderla desestimada por silencio administrativo,
según lo establecido en el artículo 25 de la ley anterior.
3. L
 a resolución de concesión será motivada e incluirá lo establecido en el artículo 7 del Decreto 95/2016, de 5 de julio.
4. S
 e dará publicidad mediante la inserción en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal del
Ciudadano de la web institucional de la Junta de Extremadura (http://ciudadano.gobex.es)
de las plazas concedidas, indicando la convocatoria a la cual se han imputado, así como los
beneficiarios, número de plazas asignadas y finalidad de la convocatoria.