Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Convocatoria. (2021050076)
Orden de 17 de mayo de 2021 por la que se efectúa la convocatoria de plazas en la Residencia Estable de Deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva "Ciudad Deportiva de Cáceres", para la temporada 2021/2022.
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NÚMERO 96
Viernes, 21 de mayo de 2021

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DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
1. C
 onstituye el objeto de la presente orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva la concesión de plazas en la residencia estable de deportistas del Centro de Tecnificación “Ciudad Deportiva de Cáceres” para la temporada 2021/2022, regulado por el Decreto
95/2016, de 5 de julio, que establece el procedimiento regulador para la concesión de
plazas en la residencia estable de deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva “Ciudad
Deportiva de Cáceres” y se realiza la convocatoria para la temporada 2016/2017 (DOE n.º
132, de 11 de julio)
2. El número de plazas ofertadas es el siguiente:
• Cuarenta y cuatro plazas para deportistas en régimen interno, de las que ocho estarán
reservadas para deportistas presentados a título individual y las treinta y seis restantes
para deportistas presentados por las federaciones deportivas
• Dieciséis plazas para deportistas en régimen externo, de las cuales cuatro estarán reservadas para deportistas presentados a título individual y las doce restantes para deportistas presentados por las federaciones deportivas.
3. L
 a tipología y características de las plazas están reguladas en el artículo 2 del Decreto
95/2016, de 5 de julio.
Artículo 2. Beneficiarios y requisitos.
1. L
 as plazas podrán ser asignadas tanto a deportistas a título individual como a deportistas
presentados por las federaciones deportivas para el desarrollo de sus Programas de Especialización Deportiva.
2. L
 os deportistas a título individual deberán reunir los requisitos exigidos en el artículo 11 del
Decreto 95/2016, de 5 de julio.
3. L
 as plazas reservadas a las federaciones deportivas podrán asignarse a aquellas federaciones que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 16 de su decreto regulador
citado anteriormente; por su parte, los deportistas incluidos en las listas presentadas por
las federaciones deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 17 de dicho decreto.
Artículo 3. Procedimiento de concesión de las plazas.
1. E
 l procedimiento general para la concesión de las plazas será el de concurrencia competitiva y convocatoria periódica. Se regirá por lo dispuesto en el Decreto 95/2016, de 5 de