Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Caza. (2021050073)
Orden de 17 de mayo de 2021 por la que se regula la caza de jabalí en la modalidad de "Jabalí al salto" en Extremadura.
11 páginas totales
Página
NÚMERO 95
Jueves, 20 de mayo de 2021

24855

CLAÚSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente
a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en concordancia con
la Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento General
de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016, y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantías de los derechos digitales:
Responsable del tratamiento de sus datos:
— Responsable Junta de Extremadura: Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
— Dirección: Av. Luís Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz).
— Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es Teléfono: 924002131
— Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:


Serán tratados con las siguientes finalidades:



Gestionar el objeto de la solicitud de los procedimientos relacionados con la caza.

Legitimación para el tratamiento de sus datos:


La base legal para los tratamientos indicados es:

RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable al responsable del tratamiento.


Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.

Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que
se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar
de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la
normativa de archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de
tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, general tributaria.