Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2021050072)
Orden de 14 de mayo de 2021 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 95
Jueves, 20 de mayo de 2021

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de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 32, de 17 de febrero de 2021) para
2021, se fija en 401,25€ mensuales el precio público para la prestación de servicios en todas las residencias universitarias de la Junta de Extremadura, sin perjuicio de las posibles
actualizaciones que de acuerdo con la normativa aplicable se vayan produciendo a lo largo
del curso.
2. El abono de cuotas para las solicitudes aceptadas dentro de los plazos establecidos en esta
convocatoria, se efectuará de acuerdo a las siguientes reglas y particularidades:
2.1. M
 ensualidad de septiembre.


— Importe: Proporcional a los días transcurridos entre la fecha de inicio del curso
académico para el que se solicita plaza y el último día del mes, ambos inclusive.
El importe prorrateado por día se calculará tomando como referencia el precio
público mensual establecido (401,25 €/mes).



— Sistema y fecha de cobro: A través del Modelo 50 y antes del día 16 de agosto de
2021.



— Concepto: Prestación de servicios de residencias.



— Condiciones:



• En los 5 días posteriores a la fecha de pago establecida, deberá haberse entregado el correspondiente justificante de pago en la residencia para la que se
solicita plaza. En caso contrario, la solicitud se considerará desistida a todos los
efectos.



• En ningún caso se producirán incorporaciones a las residencias sin acreditar
previamente, ante las correspondientes secretarías de las mismas, la obtención
de matrícula en los estudios solicitados que otorgan derecho a la solicitud de
plaza.

2.2. M
 ensualidades de octubre a mayo.


— Importe: 401,25 euros por mensualidad.



— Sistema y fecha de cobro: A través del procedimiento de domiciliación bancaria,
mediante el modelo de solicitud 747, en los términos establecidos en la Orden
de 14 de marzo de 2013 por la que se regulan los medios de pago en la gestión
recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 59, de 26 de
marzo de 2013). Este cargo se hará el día 20 del mes a satisfacer.