Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2021050072)
Orden de 14 de mayo de 2021 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 95
Jueves, 20 de mayo de 2021

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d. P
 ara el alumnado que tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33
%, debidamente certificado por el organismo correspondiente, y que posea autonomía
personal, 2 plazas en cada una de las residencias.
Si las plazas reservadas para los colectivos antes reseñados no hubieran sido adjudicadas
una vez publicada la resolución de la convocatoria, se incorporarán al cupo establecido
para el alumnado universitario de la Residencia a que corresponda.
2. P
 ara el programa Erasmus de movilidad de estudiantes, la concesión de plaza quedará
supeditada a la existencia de vacantes una vez finalizado en su totalidad el proceso de
adjudicación. La cobertura de estas plazas se tramitará a través del Servicio de Relaciones
Internacionales de la Universidad de Extremadura.
3. P
 ara otros programas o proyectos, propios o de colaboración con la Universidad de
Extremadura, la Dirección General de Política Universitaria podrá disponer de 1 plaza en
la Residencia “Juan XXIII”, 4 plazas en la Residencia “Diego Muñoz Torrero”, 6 plazas en la
Residencia “Mario Roso de Luna” y 2 plazas en la Residencia del “Complejo Educativo de
Plasencia”.
Artículo 4. Requisitos para la aceptación y baremación de solicitudes.
Para ser residente en cualquiera de las residencias universitarias señaladas en el artículo 1 de
esta orden de convocatoria, la persona solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
1. A
 l alumnado que inicie estudios de grado durante el curso objeto de esta convocatoria, se
le exigirá una matrícula mínima de 42 créditos.
2. A
 l alumnado procedente de estudios de grado, se le exigirá haber superado un mínimo de
42 créditos durante el último curso realizado y asimismo haberse matriculado en al menos
42 créditos del curso objeto de esta convocatoria. En el caso de que el número de créditos
para obtener la titulación sea inferior a esta cifra, se le exigirá matricularse en la totalidad
de estos.
3. A
 l alumnado que inicie estudios en los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación
Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial especificados en esta convocatoria, se le
exigirá efectuar matrícula por el curso completo.
4. A
 l alumnado procedente de estudios de los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial especificados en esta convocatoria, se
le exigirá haber promocionado de curso y realizar matrícula por el curso completo.