Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2021050072)
Orden de 14 de mayo de 2021 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 95
Jueves, 20 de mayo de 2021

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c. Certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento de la localidad de residencia
especificando el número de miembros de la unidad familiar que convive en ese domicilio.
d. D
 ocumentación académica:


— Para el alumnado que inicia estudios universitarios, certificado académico expedido
por la autoridad académica correspondiente y referido al último curso completo realizado que otorga el derecho de acceso a la universidad.



— Para el alumnado procedente de la Universidad de Extremadura, certificado académico de ésta referido al último curso. Dicho certificado se recabará de oficio, como
órgano gestor, por la Dirección General de Política Universitaria, salvo que la persona
interesada exprese su negativa marcando la casilla habilitada al efecto en el anexo
de la solicitud; en tal caso, deberá recabarlo motu propio y aportarlo junto al resto
de documentación requerida.



— Para el alumnado que vaya a iniciar estudios de máster en la Universidad de Extremadura, deberá presentar solicitud acompañada de la misma documentación económica requerida para el turno general y el expediente académico completo de los
estudios de grado realizados.



— Para el alumnado que proceda de otras universidades, certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente y referido al último curso realizado.



— Para el alumnado que inicie Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional o Enseñanzas de Régimen Especial, certificado académico expedido por la
autoridad académica correspondiente que acredite haber finalizado el bachillerato o
haber superado la prueba de acceso que otorga derecho de admisión, según proceda.



— Para el alumnado que ya hubiera iniciado Ciclos Formativos de Grado Superior de
Formación Profesional o Enseñanzas de Régimen Especial, certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente que acredite la promoción de
curso.

e. Cuando se presenten solicitudes para más de una residencia, la documentación que
debe aportarse con éstas sólo se remitirá a una de ellas, consignándose en dicha solicitud las residencias para las que se solicita plaza por orden de prioridad. Posteriormente,
esa residencia hará llegar la documentación a las demás residencias solicitadas.
f. E
 l plazo de presentación de solicitudes será del 15 al 28 de junio de 2021, ambos inclusive. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se abrirá hasta el 19 de julio de
2021, un periodo de alegaciones o subsanaciones. Para el alumnado que deba presen-