Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021040044)
Corrección de errores del Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II y IV.
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NÚMERO 94
Miércoles, 19 de mayo de 2021

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Asimismo, cuando la convocatoria así lo establezca, podrán solicitar la ayuda las personas cuyo hecho causante se haya producido entre el día siguiente a la expiración del
período de vigencia de las resoluciones de convocatoria y el inicio del período de vigencia de la siguiente resolución de convocatoria, al amparo del presente decreto.
En estos casos, la solicitud deberá formularse en el plazo máximo de dos meses desde
la fecha en la que entre en vigor la convocatoria de las ayudas.
En la página 22510
Donde dice:


d) Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin
personalidad jurídica conforme al artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, formando parte como persona comunera o socia y se den de
alta en RETA o en la mutualidad alternativa.

Debe decir:


d) Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin
personalidad jurídica conforme al artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, formando parte como persona socia y se den de alta en RETA
o en la mutualidad alternativa.

En la página 22512
Donde dice:


a) Cuando la persona interesada se incorpore a una comunidad de bienes o a otra entidad sin personalidad jurídica, formando parte de la misma como persona comunera
o socia, siempre y cuando la entidad a la que pretende incorporarse hubiera sido
creada con una antelación mínima de dos años a la fecha de solicitud de la subvención y hubiese obtenido beneficios o rendimiento positivo en el año natural anterior a
aquel en que se solicita la subvención, según certificado emitido por quien o quienes
ejerzan las funciones de Administrador y que deberá acompañarse a la solicitud de
subvención.

Debe decir:
a) Cuando la persona interesada se incorpore a una comunidad de bienes o a otra
entidad sin personalidad jurídica, formando parte de la misma como persona socia,
siempre y cuando la entidad a la que pretende incorporarse hubiera sido creada con