Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061284)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC) para financiar la investigación, desarrollo e innovación del área técnica de fomento de la calidad, eficiencia energética y energías renovables en los demostradores en energía y arquitectura experimental del Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), en el ámbito de la Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, para los ejercicios 2021 a 2024.
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NÚMERO 92
Lunes, 17 de mayo de 2021

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III. La Comisión de Seguimiento que se instituye en este texto será la competente para conocer y valorar los incumplimientos que cualquiera de las partes denuncien en cuanto
a las recíprocas obligaciones y compromisos que contraen en el mismo, así como para
decidir, a la vista del impacto de esos incumplimientos sobre el interés público que con
él se persigue, la continuidad de la vigencia de los acuerdos que en el mismo se contienen o su resolución, y valorar, con apoyo de los informes técnicos que se precisen
al efecto, los daños y perjuicios resultantes y su reclamación, por las vías que resulten
preceptivas o, en su defecto, se entendieren más oportunas, a quien hubiere sido declarado incumplidor.
Octava. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, deberá aparecer en
todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la
correspondiente normativa.
Para los supuestos en los que exista financiación con cargo a fondos comunitarios se deberán cumplir los requisitos establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) 1303/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y su anexo XII, sobre las
actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en
relación con las intervenciones de los fondos estructurales, así como lo dispuesto en el Plan
de Comunicación de los Programas Operativos FEDER y FSE 2014-2020 para Extremadura.
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información
y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de
Extremadura.
Del mismo modo deberán cumplirse con las indicaciones que sobre publicidad se contienen en
las instrucciones de justificación del anexo II del presente Convenio.
Novena. Naturaleza jurídica y jurisdicción.
El presente Convenio tiene carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 6
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23UE y 2014/24UE, de 26 de febrero de 2014, quedando fuera de su ámbito de aplicación, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Ley 1/2021, de 3 de