Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Enseñanza Universitaria. Becas. (2021061374)
Resolución de 29 de abril de 2021, de la Dirección General de Política Universitaria, relativa a la convocatoria de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2019/2020.
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Lunes, 17 de mayo de 2021

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2021, de la Dirección General de Política
Universitaria, relativa a la convocatoria de becas complementarias para
estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para el curso 2019/2020. (2021061374)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Orden de 6 de marzo de 2020 (DOE núm. 49, de 11 de marzo) establece las
bases reguladoras de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para
la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Mediante Resolución de 25 de mayo de 2020 (DOE núm. 11, de 17 de junio) se
aprueba la convocatoria de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2019/2020.
Tercero. Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2020 (DOE n.º 229, de 26 de noviembre) se resuelve la convocatoria de becas complementarias para estudios de enseñanzas
universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso
2019/2020.
Cuarto. El día 13 de abril de 2021, se reúne la Comisión de Valoración, contemplada en el
artículo 10 de la orden reguladora y de la resolución de convocatoria, emitiendo el correspondiente informe vinculante en relación con dos recursos de alzada y una solicitud extemporánea presentadas y el resultado de la evaluación realizada.
Quinto. El 20 de abril de 2021, se emite la propuesta de resolución del Servicio de Universidad e Investigación para la concesión e inadmisión de las becas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución, según el artículo 11.1 de la
Orden reguladora de 6 de marzo, corresponde al Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, no obstante, la competencia se encuentra delegada en el
Director General de Política Universitaria de conformidad con la Resolución de 21 de agosto
de 2019, de la Secretaría General, por la que se delegan competencias en materias de subvenciones (DOE núm. 163, de 23 de agosto).
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden reguladora de 6 de marzo,
el procedimiento de concesión de estas ayudas se efectúa en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, mediante la comprobación de las solicitudes presentadas y
siguiendo los criterios de valoración del artículo 12 de la citada orden.