Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061432)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Fundación Endesa para el desarrollo del proyecto Brecha Digital dentro del programa "Endesa Familias" que pretende minimizar la brecha digital para estudiantes en situación de vulnerabilidad.
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NÚMERO 92
Lunes, 17 de mayo de 2021

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Segunda. Actuaciones a desarrollar y compromisos de las partes.
La Fundación Endesa ha donado a la Comunidad Autónoma de Extremadura 200 portátiles
y tarjetas de conexión para el desarrollo del proyecto Brecha Digital. El proyecto contribuirá
a formar, motivar y capacitar a profesores y alumnos en las competencias digitales de programación con Scratch y Diseño 3D, desarrollo de apps, diseño 3D y desarrollo web durante
el primer semestre de 2021. El proyecto se dirigirá a profesores y alumnos/as de 4º a 6º de
Educación Primaria.
Compromisos de la Fundación Endesa:
— Suministro del contenido formativo on line para profesorado y alumnado.
— Formación a los docentes a través de la plataforma de formación de RetoTech Fundación
Endesa.
— Seguimiento y apoyo on line al centro educativo durante la formación.
— Contenidos para los docentes y alumnos, adaptados al nivel, para el curso académico
2020-2021 en competencias digitales de programación y diseño 3D. Se les dotará de
licencias de acceso durante 4 meses a la plataforma bMaker.
— La entrega de materiales y acciones de formación y capacitación en competencias digitales se realizará por Fundación Endesa por medio de su colaborador Mundo Reader, SL,
(BQ Educación), siempre bajo su supervisión y control.
Compromisos de la Consejería de Educación y Empleo:
— Identificación de los centros educativos que se consideran idóneos para la recepción del
material del proyecto Brecha Digital.
— Distribución, a través de los centros educativos seleccionados de los ordenadores portátiles en concepto de préstamo entre las familias más necesitadas.
Tercera. Publicidad.
Las Partes podrán publicitar la actuación a que se refiere este Acuerdo en sus respectivas
webs, eventos y medios de comunicación. En todo caso, ambas Partes colaborarán en cuanto
esté a su alcance para el mejor desarrollo y difusión de las actividades relacionadas con ésta.