Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061391)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Cambio de uso forestal a agrícola en la finca El Noque", en el término municipal de Villanueva de la Sierra (Cáceres). Expte.: IA18/2110.
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Viernes, 14 de mayo de 2021

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forma adecuada en las diferentes fases de ejecución del proyecto. Dicho coordinador por
tanto deberá elaborar y desarrollar un Plan de Vigilancia Ambiental con el fin de garantizar
entre otras cuestiones el cumplimiento de las condiciones incluidas en la declaración de
impacto ambiental y en el EsIA. También tendrá como finalidad observar la evolución de
las variables ambientales en el ámbito de actuación del proyecto. El contenido y desarrollo
del Plan de Vigilancia será el siguiente:
2.1. Deberá elaborarse un calendario de planificación y ejecución de la totalidad de la obra.
2.2. Durante la fase de construcción, antes del inicio de las obras se presentará el Plan de
Vigilancia Ambiental de la fase de construcción, presentando el Plan en sí, además
de una memoria valorada que recoja el desarrollo de las medidas correctoras y protectoras, el cronograma de su ejecución, y además, se presentarán ante el órgano
ambiental informes sobre el desarrollo de las obras cada tres meses y, en todo caso,
al finalizar éstas. Los informes de seguimiento incluirán la forma de ejecución de las
medidas preventivas, correctoras y protectoras previstas en la presente declaración
de impacto ambiental y en el EsIA, así como el seguimiento de la evolución de los
elementos ambientales relevantes.
2.3. D
 urante la fase de explotación, el plan de vigilancia ambiental deberá verificar la
correcta evolución de las medidas aplicadas en la fase de obras y en fase de funcionamiento, el seguimiento de la respuesta y evolución ambiental de la finca donde
se realizarán las plantaciones y sus alrededores. Se elaborarán informes anuales,
debiendo ser entregados los primeros 15 días de cada año a la DGS. En todo caso, se
atenderá a las prescripciones que establezca la DGS en cuanto al contenido, alcance
y metodología de dicho plan.
2.4. Se incluirá en el plan de vigilancia ambiental el seguimiento de la fauna protegida en
la explotación y en el entorno de la finca, a fin de determinar si las medidas de diseño
de la plantación en mosaico contribuyen a mantener la diversidad de fauna protegida
en la zona, con especial atención a la detección de la presencia de aves de matorral,
pequeñas y medianas rapaces, así como de anfibios y reptiles. Se deberá prestar especial atención a la posible aparición de especies protegidas o de interés para la ZEC
“Sierras de Risco Viejo” (Epipactis tremolsii, Narcissus asturiensis, Pernis apivorus,
Milvus milvus, etc.) y de especies exóticas invasoras (mimosas, ailanto, etc.), que
deberán ser notificadas a través de la red de alerta del proyecto INVASEP.
2.5. Siempre que se detecte cualquier afección al medio no prevista, de carácter negativo, y que precise una actuación para ser evitada o corregida, se emitirá un informe
especial con carácter urgente aportando toda la información necesaria para actuar en
consecuencia.