Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061285)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y el Centro Superior de Formación Europa Sur, SA (CESUR), para la realización de prácticas de los ciclos formativos de Técnicos y Técnicos Superiores Sanitarios en las áreas de salud del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 90
Jueves, 13 de mayo de 2021

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A. DEBERES DEL ALUMNADO:


a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por el CESUR.



b) Cumplir con las normas de funcionamiento interno de la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales mientras permanezcan en el centro sanitario donde se ejecuten
las prácticas.



c) Conocer y cumplir con el Proyecto Formativo de las prácticas correspondientes, siguiendo las indicaciones de la persona asignada para la tutoría por parte del Servicio
Extremeño de Salud (SES) bajo la supervisión del tutor o de la tutora académico.



d) Mantener contacto con la persona encargada de la tutoría académica del Centro de
Formación durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que
pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de
seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.



e) I ncorporarse en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento interno, seguridad y prevención de
riesgos laborales de la misma.



f) Colocar en lugar visible de su uniforme la tarjeta identificativa facilitada por el Centro Sanitario, que será devuelta una vez finalizado su período formativo. En todo
momento, irán provistos del D.N.I, N.I.F o N.I.E y de la Tarjeta de Identificación del
Centro de Formación.



g) El alumnado se compromete a actuar con la diligencia debida en las tareas que le
sean encomendadas, Guardar confidencialidad en relación con la información interna
y guardar secreto profesional en lo referido a los trabajos objeto de las prácticas,
no pudiendo, en ningún caso, firmar informes, dictámenes o similares, durante su
estancia y una vez finalizada ésta. La confidencialidad es extensible incluso en caso
de fallecimiento de pacientes.



h) E
 n caso de ausencia a las prácticas será necesario comunicarlo y justificarlo tanto a
la persona responsable asignada en el servicio como a CESUR



i) Realizar una memoria (informe) de las actividades desarrolladas durante el periodo
de prácticas a la secretaría de docencia y a CESUR



j) El alumnado no tendrá, en ningún caso, vinculación o relación laboral, contractual o
estatutaria durante el desarrollo de la actividad con la Consejería, no siéndoles de
aplicación la legislación respectiva, por lo que no percibirá cantidad alguna por la
realización de las actividades formativas en el Centro de Trabajo.