Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061285)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y el Centro Superior de Formación Europa Sur, SA (CESUR), para la realización de prácticas de los ciclos formativos de Técnicos y Técnicos Superiores Sanitarios en las áreas de salud del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 90
Jueves, 13 de mayo de 2021

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publica el acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas
destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos
y residentes en Ciencias de la Salud, CESUR a través del centro docente aportará a la
gerencia del centro sanitario donde se desarrollen las prácticas, la certificación negativa
de inscripción en el Registro Central de Delincuentes Sexuales del alumnado que realice
las prácticas.
9º Se deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil, el cual se desarrolla debidamente en la condición octava del presente convenio.
Quinta. Centros, Departamentos o Locales en los que se desarrollarán las prácticas
formativas.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, se comprometen a permitir la realización de las prácticas del alumnado seleccionado por el Centro de
Formación, una vez comprobada la disponibilidad de plazas para la realización de esas prácticas y sean autorizadas las mismas por el responsable del centro sanitario correspondiente,
para lo cual dispondrán aquellos locales, Departamentos o Unidades de las Áreas de Salud del
Servicio Extremeño de Salud, en los que las prácticas se harán efectivas.
El alumnado seleccionado, que figuren en el anexo del presente convenio, desarrollará las actividades formativas programadas en los Centros, Departamentos o Unidades de las Áreas de
Salud del Servicio Extremeño de Salud, quedando sometidos al régimen de funcionamiento de
los centros sanitarios, si bien los horarios de permanencia en los mismos serán los recogidos
en el citado anexo.
Con carácter previo al inicio del acto asistencial el profesional responsable de la tutoría designado por el centro sanitario, informará al paciente o a su representante sobre la presencia
de estudiantes, solicitando su consentimiento verbal para que presencien las actuaciones clínicas o sanitarias. Dicho consentimiento se deberá reiterar en caso de realizar exploraciones
físicas. El alumnado estará acompañado en todo momento, no pudiendo acceder al paciente
sin la presencia del personal del centro responsable de su formación o personal en quien se
delegue. Igualmente, solo podrán acceder a la historia clínica bajo la mencionada supervisión
y siempre con arreglo a lo dispuesto en Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora
de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Sexta. Supervisión y reconocimiento de las prácticas.
Para todo el alumnado en prácticas, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio
Extremeño de Salud conjuntamente, designarán a la persona encargada de realizar la tutoría,