Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061359)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para instalación destinada a planta de producción de energía eléctrica en régimen especial, (termosolar), promovida por Renovables Samca, SA, en el término municipal de La Garrovilla (Badajoz).
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NÚMERO 89
Miércoles, 12 de mayo de 2021

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autorización y de notificación de actividades potencialmente contaminadoras a la atmósfera, publicada en extremambiente.gobex.es. Esta documentación estará a disposición de
cualquier agente de la autoridad en la propia instalación, debiendo ser conservada por
el titular de la planta durante al menos los ocho años siguientes a la realización de cada
control externo.
20. E
 l titular de la AAU deberá llevar un registro del HTF consumido y realizar anualmente
un balance de materia de HTF que le permita estimar las emisiones difusas de COV. Este
balance deberá considerar el HTF existente en la instalación al inicio del periodo; el HTF
comprado durante el periodo; el HTF perdido como residuo, tanto en condiciones normales de funcionamiento como en condiciones anormales de funcionamiento; el HTF existente en la instalación al final del periodo.
Vertidos:
21. N
 o se establecen medidas adicionales a las que determine la Confederación Hidrográfica
del Guadiana en su autorización administrativa de vertido.
Suelos contaminados:
22. Por la AAU se considerará que el titular de la instalación industrial habrá cumplido con la
obligación de presentar el informe preliminar del suelo a ocupar por el complejo industrial,
a efectos de lo dispuesto por el artículo 3.1 del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por
el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y
los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
23. El titular de la instalación habrá de presentar, para su aprobación por parte de la DGS,
un plan de control y seguimiento de los elementos con riesgo potencial de contaminación
del suelo.
24. E
 n el plazo de 2 años desde el inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial
deberá presentar un nuevo informe de situación, actualizando la información suministrada de conformidad con lo establecido en el artículo 3.4. del Real Decreto 9/2005.
25. A
 simismo, en los supuestos de ampliación, modificación y clausura de las instalaciones;
y en las sucesivas renovaciones de la AAU, el titular de la instalación industrial estará
obligado a remitir a la DGS informes de situación.
26. E
 l informe de situación contemplará, al menos, los siguientes aspectos: accidentes o irregularidades ocurridas sobre el suelo; identificación de nuevas áreas en las que exista posibilidad de contaminación y resultados de la aplicación del plan de control y seguimiento
de los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo.