Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061359)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para instalación destinada a planta de producción de energía eléctrica en régimen especial, (termosolar), promovida por Renovables Samca, SA, en el término municipal de La Garrovilla (Badajoz).
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Miércoles, 12 de mayo de 2021

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considerará que existe fuga a partir de un valor de respuesta del equipo que se determinará justificadamente. Estas detecciones deberá realizarlas un OCA que podrá
realizar la detección basándose en la norma UNE - EN 15446:2008, que describe la
medida de las emisiones fugitivas de COV generadas en las fugas de equipos y tuberías mediante detector de ionización de llama (FID), o bien en el Método 21 de la
EPA, que describe el procedimiento a seguir para controlar las emisiones fugitivas de
COV procedentes de equipos de proceso, con fotoionización (PID).
15. E
 n relación con el foco 11, el titular de la AAU deberá llevar un registro del mantenimiento
preventivo requerido en el apartado b.8, que incluya la fecha, puntos del sistema revisados, medidas tomadas, firma de la persona que las efectúa y firma de un responsable en
materia de medio ambiente.
16. En los controles externos o en los autocontroles de las emisiones contaminantes, los niveles de emisión serán el promedio de los valores emitidos durante una hora consecutiva.
En cada control o autocontrol, se realizarán, como mínimo, tres determinaciones de los
niveles de emisión medidos a lo largo de ocho horas consecutivas, siempre que la actividad lo permita en términos de tiempo continuado de emisiones y representatividad de
las mediciones.
17. E
 l titular de la planta deberá comunicar el día que se llevarán a cabo un control externo o
un autocontrol, incluyendo la campaña anual de detección analítica de emisiones fugitivas
del foco 10, con la antelación suficiente.
18. E
 n todas las mediciones de emisiones realizadas deberán reflejarse concentraciones de
contaminantes, caudales de emisión de gases residuales expresados en condiciones normales, presión y temperatura de los gases de escape. Además, en los focos de gases
de combustión, deberá indicarse también la concentración de oxígeno y el contenido de
vapor de agua de los gases de escape. Los datos finales de emisión de los contaminantes
regulados en la AAU deberán expresarse en mg/Nm3 o en mg/s, respectivamente, y, en su
caso, referirse a base seca y al contenido en oxígeno de referencia establecido en la AAU.
19. Los resultados de todos los controles externos y autocontroles deberán recogerse en un
libro de registro foliado, en el que se harán constar de forma clara y concreta los resultados de las mediciones y análisis de contaminantes, incluyendo la fecha y hora de la medición, la duración de ésta, el método de medición y las normas de referencia seguidas en
la medición. Asimismo, en este libro deberán recogerse el mantenimiento periódico de las
instalaciones relacionadas con las emisiones, las paradas por averías, así como cualquier
otra incidencia que hubiera surgido en el funcionamiento de la instalación, incluyendo
fecha y hora de cada caso. El modelo de libro de registro se regirá según la Instrucción
1/2014, dictada por la Dirección General de Medio Ambiente, sobre el procedimiento de