Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Desarrollo Industrial. Ayudas. (2021061293)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio de 2021, de las ayudas extraordinarias destinadas a la contención sanitaria de la COVID19 a través de apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021

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b) Se otorgarán 5 puntos hasta un máximo de 10 puntos, por cada trabajador de la plantilla que cuente con titulación académica adecuada a la naturaleza del proyecto de inversión que se pretende realizar. A estos efectos se entenderá por titulación académica
tanto el Título de Grado Universitario o superior como Título de Formación Profesional
de Grado Medio o Superior, y por trabajador de plantilla tanto al personal directivo (aunque esté encuadrado en el RETA) como al resto de trabajadores de la empresa.
c) Empleo directo que genera la inversión proyectada. Se otorgarán 5 puntos por cada
nueva contratación directa asociada a la puesta en marcha del proyecto de inversión
que se justificará en la memoria técnica del mismo, con un máximo de 20 puntos.
4. E
 n caso de empate en la puntuación obtenida, éste se dirimirá atendiendo a la puntuación
obtenida en el criterio de Grado de definición de la inversión. De persistir el empate se
atenderá a la puntuación obtenida en el apartado relativo a la Adecuación del presupuesto
de la inversión.
5. L
 a valoración de los criterios de grado de definición de la inversión se realizará según el
contenido y detalle que la empresa incorpore al anexo II relativo al proyecto. La valoración
de los criterios de carácter general se realizará según el contenido de los anexos y los documentos probatorios de cada extremo que la empresa aporte junto con la solicitud de la
ayuda. Por lo tanto, solo se valorarán criterios generales que la empresa haya acreditado
acompañando documentación relevante para su justificación.
Octavo. Solicitud y documentación que deben aportar las empresas solicitantes.
1. L
 a solicitud se presentará según el modelo oficial de instancia conforme al anexo I junto
con el resto de documentos y el anexo II. La instancia de solicitud (anexo I), la Memoria del
Proyecto (anexo II) y el resto de documentos que se acompañen, podrán adoptar formato
digital si la solicitud se efectúa por medios electrónicos o presentarse en formato de papel,
si la solicitud no se presenta electrónicamente. En este último caso todos los documentos
se presentarán también mediante soporte digital (cd, usb).
2. E
 l anexo II deberá cumplimentarse en todos sus apartados de forma detallada y expresa,
de modo que quede constancia documental acerca de la naturaleza del proyecto, su objeto,
las condiciones en las que pretende realizarse, su conexión con actuaciones encuadrables
en la contención sanitaria de la COVID-19.
3. Además de la documentación anterior deberá aportarse:
a) Según la forma jurídica que adopte la empresa solicitante de la ayuda deberá aportarse:
copia de la escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil o en el Registro
de Sociedades Cooperativas, según corresponda; copia del contrato de comunidad de