Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Desarrollo Industrial. Ayudas. (2021061293)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio de 2021, de las ayudas extraordinarias destinadas a la contención sanitaria de la COVID19 a través de apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021
23508
5. En ausencia de oposición de las personas interesadas, la Administración Pública deberá
recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante
consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que se tratara de información tributaria o de cualquiera otra respecto de la que una ley especial aplicable requiera consentimiento expreso. Si se tratara
de documentos que las personas interesadas hayan aportado anteriormente ante cualquier
Administración Pública, éstas deberán indicar junto con la solicitud en qué momento y ante
qué órgano administrativo presentaron los citados documentos. En cualquier caso, mediando oposición expresa o no constando su consentimiento expreso cuando una ley especial
aplicable así lo requiera, las personas interesadas deberán acompañar a su solicitud el
documento de que se trate.
6. S
i la Administración Pública no pudiera recabar electrónicamente a través de sus redes
corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto los documentos referidos en el apartado 3 de este
artículo, podrá solicitarse su aportación a las personas interesadas.
Noveno. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes y la documentación requerida, será de un mes computado a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria y su extracto en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. L
a solicitud de la ayuda en el modelo oficial conforme al anexo I y el resto de los anexos,
se encuentran disponibles en la página web http://ayudaspri.gobex.es/portal/descargas y
serán dirigidas a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad.
3. L
a presentación de la solicitud deberá realizarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de
Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en cualquiera de los lugares
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten en las Oficinas de Correos se mostrarán en sobre abierto,
con objeto de que en las mismas se haga constar, por el empleado de la oficina, la identificación de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión.
4. El registro electrónico de documentos podrá realizarse mediante el sistema de la Administración General del Estado habilitado, en la web: https://rec.redsara.es/registro.
Martes, 11 de mayo de 2021
23508
5. En ausencia de oposición de las personas interesadas, la Administración Pública deberá
recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante
consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que se tratara de información tributaria o de cualquiera otra respecto de la que una ley especial aplicable requiera consentimiento expreso. Si se tratara
de documentos que las personas interesadas hayan aportado anteriormente ante cualquier
Administración Pública, éstas deberán indicar junto con la solicitud en qué momento y ante
qué órgano administrativo presentaron los citados documentos. En cualquier caso, mediando oposición expresa o no constando su consentimiento expreso cuando una ley especial
aplicable así lo requiera, las personas interesadas deberán acompañar a su solicitud el
documento de que se trate.
6. S
i la Administración Pública no pudiera recabar electrónicamente a través de sus redes
corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto los documentos referidos en el apartado 3 de este
artículo, podrá solicitarse su aportación a las personas interesadas.
Noveno. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes y la documentación requerida, será de un mes computado a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria y su extracto en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. L
a solicitud de la ayuda en el modelo oficial conforme al anexo I y el resto de los anexos,
se encuentran disponibles en la página web http://ayudaspri.gobex.es/portal/descargas y
serán dirigidas a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad.
3. L
a presentación de la solicitud deberá realizarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de
Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en cualquiera de los lugares
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten en las Oficinas de Correos se mostrarán en sobre abierto,
con objeto de que en las mismas se haga constar, por el empleado de la oficina, la identificación de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión.
4. El registro electrónico de documentos podrá realizarse mediante el sistema de la Administración General del Estado habilitado, en la web: https://rec.redsara.es/registro.