Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Especies Exóticas Invasoras. (2021050066)
Orden de 29 de abril de 2021 por la que se aprueba el protocolo para el control y/o erradicación del galápago de Florida (Trachemys scripta) en Extremadura.
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NÚMERO 87
Lunes, 10 de mayo de 2021

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de Vigilancia de la Dirección General de Políticas Forestales, desplazamiento de materiales,
vehículo, procesos de eliminación, etc. A lo que hay que incrementar los costes del control y
gestión de la especie, de igual manera que el mantenimiento de las bases de datos (las cuales
deben estar actualizadas), la redacción y ejecución de los planes de actuación que se vayan
desarrollando en función de la situación de la especie.
La financiación de las actuaciones específicas que se realicen en el desarrollo de este Protocolo podrá correr a cargo de los organismos responsables de su ejecución, y competentes en la
aplicación del presente protocolo, quienes podrán disponer al efecto de fondos en sus correspondientes presupuestos o utilizar fondos procedentes de otras instituciones o entidades públicas o privadas así como fondos de nueva generación del plan de recuperación transformación y resiliencia y otros fondos de financiación de cooperación transfronteriza y fondos Life.
En este sentido, es recomendable la búsqueda de otras vías de financiación complementaria
como puede ser, entre otras, la solicitud de apoyo financiero comunitario a través de aquellos
fondos que por su naturaleza puedan destinarse a la aplicación de esta Estrategia o utilizar el
Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, recogidos en la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
Se procurará fomentar que las actuaciones derivadas del presente protocolo sean priorizadas
en la distribución y asignación de fondos, ya sea a la hora de su consignación en los respectivos presupuestos de los organismos públicos implicados o en el marco de convocatorias
promovidas por entidades públicas o privadas.
El control de Trachemys scripta será una partida incluida dentro del presupuesto anual de
gestión y control de especies exóticas invasoras, necesario para el buen desarrollo de este
protocolo y cumplir con lo especificado tanto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, como del R.D. 630/2013, de 2 de agosto, por el que se
regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
13. REFERENCIAS.
• AHE/FIDA. (2008). Programa de recuperación de anfibios y reptiles acuáticos en el Suroeste
• Alarcos-Izquierdo, G., Flechoso del Cueto, F., Rodríguez-Pereira, A., Lizana, M. (2010).
Distribution records of non-native terrapins in Castilla and León region (Central Spain).
Aquatic Invasions, 5: 303-308.
• ANDREU, A.C., HIDALGO-VILA, J., PÉREZ-SANTIAGOSA, N., TARRAGÓ, A.. DIAZ-PANIAGUA, C. & MARCO, A. 2003. Invasores e invadidos: Diferencias en tasas de crecimiento y
estrategias reproductivas. I Congreso nacional sobre especies exóticas invasoras. León:
139-141.