Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061194)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Carmonita (Badajoz).
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NÚMERO 84
Miércoles, 5 de mayo de 2021

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Por otro lado, según la documentación aportada el incremento de los recursos hídricos
se considera que será negativo en función de la población prevista y que el PGM no
propone incremento de suelo del núcleo urbano respecto al planeamiento vigente.
Con respecto a las actuaciones en suelo rústico, que no cuenten con conexión a la red
municipal y pretendan abastecerse a partir de una captación de aguas superficiales o
subterráneas, se recuerda que el artículo 93.1 del Reglamento de DPH establece que
todo uso privativo de las aguas no incluido en el artículo 54 del TRLA requiere concesión
administrativa.
Red de saneamiento, depuración y vertido:
Según la documentación la red de saneamiento actual es de tipo unitaria.
Consultados los datos obrantes en este organismo el municipio no dispone actualmente
de infraestructuras de depuración de aguas residuales ni de autorización para el vertido de las mismas, por lo que se considera de vital importancia que se dote al núcleo
de población de Carmonita de un sistema de depuración de las aguas residuales a la
mayor brevedad posible. Añade que la CHG no informará favorablemente ningún nuevo
desarrollo en esta población en tanto en cuanto no se disponga de las oportunas instalaciones de depuración para la protección de la calidad de las aguas.
En cuanto a la existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer las nuevas demandas hídricas, la Confederación indica que en cualquier horizonte temporal, el
consumo hídrico total del municipio, es decir, los volúmenes actuales más los incrementos de volumen que se deriven del desarrollo de los nuevos sectores planificados, no
deben superar el volumen asignado al municipio de Carmonita por el Plan Hidrológico
de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana, aprobado por el Real
Decreto 1/2016, de 8 de enero, que asciende a 87.000 m3/año hasta el horizonte 2021.
Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural: en el último informe recibido indica que el Plan General Municipal se considera favorable de cara a la futura tramitación del expediente, al incluir las consideraciones realizadas en informes anteriores por
esta Administración.
Dirección General de Salud Pública. El Servicio Extremeño de Salud y el Servicio Extremeño
de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), informa que no se
precisan reservas de suelos en el PGM para las demandas de estos Servicios. Con respecto
a la afección del PGM en relación al Decreto 161/2002, de Policía Sanitaria Mortuoria, se
informa favorablemente.