Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Regadíos. Ayudas.- (2021061205)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la mejora y modernización de regadíos en Extremadura.
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NÚMERO 83
Martes, 4 de mayo de 2021
22198
Participación Ciudadana, en los términos previstos en el artículo 17 y 20 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, y artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura.
Asimismo, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará, en el Diario
Oficial de Extremadura (DOE), un extracto de la convocatoria de ayuda, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 17.3 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y, de conformidad con el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es obligada la publicidad de la
convocatoria a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a cuyo efecto deberá
tramitarse oportunamente la convocatoria ante la misma y posteriormente publicar en el
Diario Oficial de Extremadura, además de la resolución de convocatoria, el preceptivo extracto mencionado, en la forma que se determina en el mencionado artículo 16.q).
2. La concesión de las subvenciones previstas en esta resolución se tramitarán en régimen de
concurrencia competitiva y convocatoria periódica teniendo en cuenta lo establecido en el
artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
3. La concesión de las ayudas se efectuará mediante la valoración de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación en las mismas, de acuerdo con los criterios de
valoración fijados en esta misma resolución y las disponibilidades presupuestarias.
Cuarto. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. L
a solicitud se cumplimentará preferentemente a través de Internet, en el portal oficial de
la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura: http://www.juntaex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo (aplicación informática “ARADO”) o bien mediante el correspondiente modelo normalizado que se establece
como anexo III de la presente resolución y que estará a disposición de las entidades solicitantes en la dirección de Internet: http://ciudadano.gobex.es y en el Portal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (http://www.juntaex.es/con03/).
La entidad solicitante utilizará las claves personales que le han sido suministradas para el
acceso a la plataforma de confección de solicitudes ARADO. Igualmente, a través de las
Oficinas Comarcales Agrarias (OCAS) se facilitará la acreditación informática a los representantes (agentes auxiliares) que vayan a colaborar con las mismas en la formulación de
la solicitud, así como las claves personales a aquellos administrados que las soliciten de
nuevo.
Martes, 4 de mayo de 2021
22198
Participación Ciudadana, en los términos previstos en el artículo 17 y 20 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, y artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura.
Asimismo, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará, en el Diario
Oficial de Extremadura (DOE), un extracto de la convocatoria de ayuda, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 17.3 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y, de conformidad con el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es obligada la publicidad de la
convocatoria a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a cuyo efecto deberá
tramitarse oportunamente la convocatoria ante la misma y posteriormente publicar en el
Diario Oficial de Extremadura, además de la resolución de convocatoria, el preceptivo extracto mencionado, en la forma que se determina en el mencionado artículo 16.q).
2. La concesión de las subvenciones previstas en esta resolución se tramitarán en régimen de
concurrencia competitiva y convocatoria periódica teniendo en cuenta lo establecido en el
artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
3. La concesión de las ayudas se efectuará mediante la valoración de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación en las mismas, de acuerdo con los criterios de
valoración fijados en esta misma resolución y las disponibilidades presupuestarias.
Cuarto. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. L
a solicitud se cumplimentará preferentemente a través de Internet, en el portal oficial de
la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura: http://www.juntaex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo (aplicación informática “ARADO”) o bien mediante el correspondiente modelo normalizado que se establece
como anexo III de la presente resolución y que estará a disposición de las entidades solicitantes en la dirección de Internet: http://ciudadano.gobex.es y en el Portal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (http://www.juntaex.es/con03/).
La entidad solicitante utilizará las claves personales que le han sido suministradas para el
acceso a la plataforma de confección de solicitudes ARADO. Igualmente, a través de las
Oficinas Comarcales Agrarias (OCAS) se facilitará la acreditación informática a los representantes (agentes auxiliares) que vayan a colaborar con las mismas en la formulación de
la solicitud, así como las claves personales a aquellos administrados que las soliciten de
nuevo.