Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas.- (2021061202)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña 2021/2022.
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NÚMERO 81
Viernes, 30 de abril de 2021

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aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de
tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a:
Personas físicas o jurídicas. Asimismo, podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración
Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión
Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación
legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5
del RGPD.
Transferencias internacionales de datos:
No están previstas transferencias internacionales de datos.
Sus derechos en relación con el tratamiento de datos
Cualquier interesado tiene derecho a: obtener confirmación sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, acceder
a los mismos, solicitar la rectificación de los que sean inexactos o la supresión, cuando entre otros motivos, ya no sean
necesarios para los fines por los que fueron recogidos, así como oponerse, en cualquier momento, al tratamiento para
el que los otorgó. En determinados supuestos el interesado podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos,
en cuyo caso sólo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente, así como ejercitar su derecho a la
portabilidad. Cuando el tratamiento esté basado en el consentimiento, dispondrá del derecho a retirar el mismo en
cualquier momento.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio dispone de formularios para el ejercicio de derechos
que pueden ser solicitados al Responsable del Tratamiento o descargados desde la URL
http://www.juntaex.es/con03/tratamiento-de-datos-de-caracterpersonal o utilizar los elaborados por la Agencia
Española de Protección de Datos o terceros. Estos formularios deberán ir firmados electrónicamente o ser acompañados
de fotocopia del DNI. Si se actúa por medio de representante, de la misma manera, deberá ir acompañado de copia de
su DNI o con firma electrónica.
Los formularios deberán ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de
Administración electrónica o remitidos por correo postal o electrónico en las direcciones que aparecen en el apartado
“Responsable”.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto que
considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos.
El plazo máximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepción de su solicitud, pudiendo ser prorrogado dos
meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad de la misma.
Los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección General de Financiación
Autonómica y Fondos Europeos para llevar a cabo las verificaciones administrativas previas a la declaración de gastos a
la Comisión Europea, conforme el artículo 125 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo
Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se
deroga el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo. Asimismo podrán ser transferidos datos a otros organismos u
órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado cuando así lo prevea una
norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las cesiones como consecuencia del
cumplimiento de una obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las
excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD. Cualquier cesión de datos no incluida en los supuestos indicados
anteriormente, requerirá del previo consentimiento por parte del interesado al organismo u órgano de la
Administración Pública que solicite la cesión de los datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias.