Otras Resoluciones. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones.- (2021061211)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 81
Viernes, 30 de abril de 2021

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b) Costes directos. Serán subvencionables los siguientes gastos:
1º. Los derivados del desarrollo de las actividades contempladas en el proyecto. Se
incluyen en estos gastos los generados por las campañas de información, sensibilización, promoción y prevención a través de los medios de comunicación social.


2º. Los relativos a la contratación de servicios a profesionales autónomos como apoyo
técnico al proyecto y/o contratación laboral del personal vinculado a las entidades
solicitantes indispensables para la realización de la actividad.



El pago por horas de ponencia no podrá superar la cuantía que tenga establecida la
Escuela de Administración Pública de Extremadura para el año 2021.



3º. L
 os gastos de personal que realice las funciones de planificación, coordinación,
dirección y evaluación del proyecto que no podrán superar el 10% del coste total
subvencionable.

4º. Los desplazamientos y dietas indispensables para la ejecución de las actividades
contempladas en el proyecto.
Tanto los desplazamientos como las dietas deberán estar debidamente acreditados, especificando los motivos y fechas de realización conforme al anexo II de esta convocatoria.
Para el abono de estos gastos se tendrá en cuenta lo dispuesto en la normativa vigente en
materia de indemnizaciones por razón del servicio.
2. 
No serán subvencionables los gastos relacionados con restauración, bares, ocio y
esparcimiento.
Séptimo. Solicitud: Plazo, forma de presentación y subsanación.
1. El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación referida en el apartado octavo será de siete días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación simultánea
en el Diario Oficial de Extremadura de esta resolución de convocatoria y del extracto al
que se refiere el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Las solicitudes, que se ajustarán al modelo del anexo I de la presente resolución, irán dirigidas a la Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y podrán
ser presentadas, en los lugares contemplados en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009,
de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.