Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060980)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al centro autorizado de tratamiento de residuos, promovido por Rufino Torres Sánchez, en Logrosán.
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NÚMERO 80

21497

Jueves, 29 de abril de 2021

• Grupo 9.b. del Anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a Instalaciones de
eliminación o valorización de residuos no incluidas en el anexo I que no se desarrollen en
el interior de una nave en polígono industrial, o con cualquier capacidad si la actividad se
realiza en el exterior o fuera de zonas industriales.
3. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se somete a
autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que
se incluyen en el anexo II de la presenta Ley.
CUERPO DE LA RESOLUCIÓN:
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, y una vez
finalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, por la presente se
resuelve otorgar Autorización ambiental unificada a favor de Rufino Torres Sánchez, para la
instalación de un Centro Autorizado de Gestión de Residuos, en Logrosán (Cáceres) referida en el anexo I de la presente resolución, a los efectos recogidos en la 16/2015, de 23 de
abril de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto
81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio
de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización,
sin perjuicio de las prescripciones de cuantas normativas sean de aplicación a la actividad de
referencia en cada momento. El n.º de expediente de la instalación es el AAU 18/056.
- a - Medidas relativas a los residuos gestionados por la actividad
1. A la vista de la documentación aportada, se autoriza la recepción y almacenamiento temporal de los siguientes residuos:

LER(*)

RESIDUO

CAPACIDAD
ALMACENAMIENTO
(m2)

CANTIDAD
TRATADA
ANUAL (t)

17 04 01

Cobre, bronce,
latón

270

17 04 02

Aluminio

124

10

17 04 05

Hierro y acero

1.000

40

OPERACIONES
DE
VALORIZACIÓN

10
R4