Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060980)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al centro autorizado de tratamiento de residuos, promovido por Rufino Torres Sánchez, en Logrosán.
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NÚMERO 80
Jueves, 29 de abril de 2021
21495
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada al centro autorizado de
tratamiento de residuos, promovido por Rufino Torres Sánchez, en Logrosán.
(2021060980)
ANTECEDENTES DE HECHO:
1. Con fecha 26 de febrero de 2018 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la instalación de un
Centro Autorizado de Gestión de Residuos en Logrosán (Cáceres) promovida por Rufino
Torres Sánchez.
2. Las instalaciones se ubican en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Las instalaciones están ubicadas en la Calle Palomar 13 del Polígono Industrial de Logrosán. Las coordenadas son las siguientes (ETRS1989-UTM, son 29N): X: 803549.66 Y: 4359481.76.
Esta actividad está incluida en las categorías 9.3. y 9.b. de los Anexos II y V de la Ley
16/2015, de 23 de abril, relativas a instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto
los puntos limpios e instalaciones de eliminación o valorización de residuos no incluidas en
el anexo I que no se desarrollen en el interior de una nave en polígono industrial, o con
cualquier capacidad si la actividad se realiza en el exterior o fuera de zonas industriales.
3. C
on fecha 1 de junio de 2020, el Órgano Ambiental publica Anuncio en su sede electrónica,
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, sin que haya habido alegación alguna.
4. Mediante escrito de 23 de septiembre de 2020, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) remitió al Ayuntamiento de Logrosán copia de la solicitud de AAU con objeto de que
este Ayuntamiento promoviera la participación real y efectiva de las personas interesadas
en el procedimiento de concesión de esta AAU mediante notificación por escrito a las mismas y, en su caso, recepción de las correspondientes alegaciones. Asimismo, en el mismo
escrito, la DGS solicitó informe a ese Ayuntamiento sobre la adecuación de las instalaciones
descritas en la solicitud de AAU a todos aquellos aspectos que fueran de su competencia
según lo estipulado en el artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
Jueves, 29 de abril de 2021
21495
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada al centro autorizado de
tratamiento de residuos, promovido por Rufino Torres Sánchez, en Logrosán.
(2021060980)
ANTECEDENTES DE HECHO:
1. Con fecha 26 de febrero de 2018 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la instalación de un
Centro Autorizado de Gestión de Residuos en Logrosán (Cáceres) promovida por Rufino
Torres Sánchez.
2. Las instalaciones se ubican en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Las instalaciones están ubicadas en la Calle Palomar 13 del Polígono Industrial de Logrosán. Las coordenadas son las siguientes (ETRS1989-UTM, son 29N): X: 803549.66 Y: 4359481.76.
Esta actividad está incluida en las categorías 9.3. y 9.b. de los Anexos II y V de la Ley
16/2015, de 23 de abril, relativas a instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto
los puntos limpios e instalaciones de eliminación o valorización de residuos no incluidas en
el anexo I que no se desarrollen en el interior de una nave en polígono industrial, o con
cualquier capacidad si la actividad se realiza en el exterior o fuera de zonas industriales.
3. C
on fecha 1 de junio de 2020, el Órgano Ambiental publica Anuncio en su sede electrónica,
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, sin que haya habido alegación alguna.
4. Mediante escrito de 23 de septiembre de 2020, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) remitió al Ayuntamiento de Logrosán copia de la solicitud de AAU con objeto de que
este Ayuntamiento promoviera la participación real y efectiva de las personas interesadas
en el procedimiento de concesión de esta AAU mediante notificación por escrito a las mismas y, en su caso, recepción de las correspondientes alegaciones. Asimismo, en el mismo
escrito, la DGS solicitó informe a ese Ayuntamiento sobre la adecuación de las instalaciones
descritas en la solicitud de AAU a todos aquellos aspectos que fueran de su competencia
según lo estipulado en el artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.