Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061147)
Resolución de 21 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Hacienda, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Extremadura, en aplicación de lo establecido en el artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
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NÚMERO 79
21009
Miércoles, 28 de abril de 2021
EXPOSITIVO
I
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo,
de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia
de la Covid-19 (en adelante, Real Decreto-ley 5/2021), la Ministra de Hacienda, en representación de la Administración General del Estado y la Secretaria de Estado de Hacienda, en
representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria), suscriben el presente convenio en ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias propias para la gestión de sus
intereses y se encuentra facultada para la suscripción de convenios para el desarrollo de actuaciones de intercambio de información con la Administración estatal.
II
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021 y en el marco
de la colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las Administraciones Públicas,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.1.k), 140 y 141 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante Ley de Régimen Jurídico del Sector Público), las partes firmantes consideran que sería muy beneficioso para el cumplimiento
de sus respectivos fines suscribir este convenio.
En concreto, el artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021 prevé la suscripción del presente
convenio para permitir articular la necesaria colaboración entre ambas Administraciones públicas de cara a la ejecución de lo previsto en el Título I del mencionado Real Decreto-ley,
contemplando cuestiones como el intercambio de información entre las Administraciones Tributarias; la mención en todas las actuaciones y soportes que se utilicen al origen de los fondos que financian estas ayudas, señalándose que son financiadas por el Gobierno de España;
y la obligación de suministrar información detallada sobre las convocatorias realizadas y los
resultados de las mismas.
III
Las Administraciones Públicas, sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes pueden, en el ámbito de sus competencias, suscribir convenios con
otros sujetos de derecho público, sin que ello suponga cesión de la titularidad de sus competencias, a fin de mejorar la eficiencia de la gestión pública y facilitar la utilización conjunta
de medios y servicios públicos, con el contenido y por los trámites establecidos en la Ley de
Régimen Jurídico del Sector Público.
21009
Miércoles, 28 de abril de 2021
EXPOSITIVO
I
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo,
de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia
de la Covid-19 (en adelante, Real Decreto-ley 5/2021), la Ministra de Hacienda, en representación de la Administración General del Estado y la Secretaria de Estado de Hacienda, en
representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria), suscriben el presente convenio en ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias propias para la gestión de sus
intereses y se encuentra facultada para la suscripción de convenios para el desarrollo de actuaciones de intercambio de información con la Administración estatal.
II
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021 y en el marco
de la colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las Administraciones Públicas,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.1.k), 140 y 141 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante Ley de Régimen Jurídico del Sector Público), las partes firmantes consideran que sería muy beneficioso para el cumplimiento
de sus respectivos fines suscribir este convenio.
En concreto, el artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021 prevé la suscripción del presente
convenio para permitir articular la necesaria colaboración entre ambas Administraciones públicas de cara a la ejecución de lo previsto en el Título I del mencionado Real Decreto-ley,
contemplando cuestiones como el intercambio de información entre las Administraciones Tributarias; la mención en todas las actuaciones y soportes que se utilicen al origen de los fondos que financian estas ayudas, señalándose que son financiadas por el Gobierno de España;
y la obligación de suministrar información detallada sobre las convocatorias realizadas y los
resultados de las mismas.
III
Las Administraciones Públicas, sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes pueden, en el ámbito de sus competencias, suscribir convenios con
otros sujetos de derecho público, sin que ello suponga cesión de la titularidad de sus competencias, a fin de mejorar la eficiencia de la gestión pública y facilitar la utilización conjunta
de medios y servicios públicos, con el contenido y por los trámites establecidos en la Ley de
Régimen Jurídico del Sector Público.