Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos.- (2021061135)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Centro Colaborador en Situación de Dependencia, SL. Centro de Trabajo de La Albuera".
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NÚMERO 78
20800
Martes, 27 de abril de 2021
III CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
“CENTRO COLABORADOR EN SITUACIONES DE DEPENDENCIA”
CENTRO DE TRABAJO DE LA ALBUERA
ARTICULO PRELIMINAR
MOTIVACIÓN Y NATURALEZA
El presente convenio viene motivado debido a la necesidad de dotar de un convenio a la
presente empresa en aras a la mejora de la competitividad, el desarrollo y la sostenibilidad
en el empleo y la viabilidad del proyecto empresarial. Tiene naturaleza de convenio en el
marco de la empresa Centro Colaborador en Situaciones de Dependencia, SL, regulador de la
estructura de la negociación colectiva dentro de su ámbito funcional y territorial definido en
sus artículos 2 y 3, dotándose al mismo tiempo del carácter de convenio básico en el sector
de los servicios de atención socioasistencial a las personas, y atención a la dependencia y al
desarrollo de la promoción de la autonomía personal en cuanto a la actividad de la presente
empresa se refiere.
LEGITIMACIÓN
Son partes firmantes del presente convenio, la representación empresarial de Centro Colaborador en Situaciones de Dependencia, SL, y de otra, el delegado de personal en representación de los trabajadores del centro de La Albuera. Ambas partes se reconocen mutuamente
legitimación para negociar el presente Convenio.
CAPÍTULO I
EXTENSIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1. Ámbito funcional.
El ámbito funcional de aplicación del presente convenio colectivo es la empresa con denominación Centro Colaborador en Situaciones de Dependencia, SL, en el centro de trabajo de La
Albuera, en el ejercicio de su actividad en el sector de la atención a las personas mayores
mediante la gestión de centros asistenciales (concertados, subvencionados, totalmente privados o mixtos) diurnos y nocturnos, pisos o viviendas tutelados, ayuda y atención domiciliaria
y/o desarrollo de la promoción de la autonomía personal del referido sector de población.
20800
Martes, 27 de abril de 2021
III CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
“CENTRO COLABORADOR EN SITUACIONES DE DEPENDENCIA”
CENTRO DE TRABAJO DE LA ALBUERA
ARTICULO PRELIMINAR
MOTIVACIÓN Y NATURALEZA
El presente convenio viene motivado debido a la necesidad de dotar de un convenio a la
presente empresa en aras a la mejora de la competitividad, el desarrollo y la sostenibilidad
en el empleo y la viabilidad del proyecto empresarial. Tiene naturaleza de convenio en el
marco de la empresa Centro Colaborador en Situaciones de Dependencia, SL, regulador de la
estructura de la negociación colectiva dentro de su ámbito funcional y territorial definido en
sus artículos 2 y 3, dotándose al mismo tiempo del carácter de convenio básico en el sector
de los servicios de atención socioasistencial a las personas, y atención a la dependencia y al
desarrollo de la promoción de la autonomía personal en cuanto a la actividad de la presente
empresa se refiere.
LEGITIMACIÓN
Son partes firmantes del presente convenio, la representación empresarial de Centro Colaborador en Situaciones de Dependencia, SL, y de otra, el delegado de personal en representación de los trabajadores del centro de La Albuera. Ambas partes se reconocen mutuamente
legitimación para negociar el presente Convenio.
CAPÍTULO I
EXTENSIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1. Ámbito funcional.
El ámbito funcional de aplicación del presente convenio colectivo es la empresa con denominación Centro Colaborador en Situaciones de Dependencia, SL, en el centro de trabajo de La
Albuera, en el ejercicio de su actividad en el sector de la atención a las personas mayores
mediante la gestión de centros asistenciales (concertados, subvencionados, totalmente privados o mixtos) diurnos y nocturnos, pisos o viviendas tutelados, ayuda y atención domiciliaria
y/o desarrollo de la promoción de la autonomía personal del referido sector de población.