Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Oficinas De Asistencia A La Ciudadanía.- (2021061177)
Resolución de 23 de abril de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se hace pública la creación de la Oficina de Asistencia Virtual, así como la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atender a lo previsto en el artículo 84.bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021
20752
RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2021, de la Vicepresidenta Primera y
Consejera, por la que se hace pública la creación de la Oficina de Asistencia
Virtual, así como la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atender
a lo previsto en el artículo 84.bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(2021061177)
A través del Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para
la reactivación de la actividad económica y social en la Comunidad Autonómica de Extremadura en el proceso hacia la “Nueva Normalidad”, la Junta de Extremadura adoptó una serie
de medidas, todas ellas necesarias y complementarias a las del Estado para hacer frente a la
actual crisis sanitaria durante el estado de alarma, dirigidas a conducir a la Comunidad Autónoma hacia una situación de regularidad más efectiva.
El alcance de las medidas adoptadas fue de diversa índole incluyendo, entre otras, medidas
dirigidas a reforzar la atención y asistencia a la ciudadanía en sus relaciones administrativas,
especialmente no presencial, con el propósito de “preservar la atención de los extremeños
y extremeñas, en todo momento, respecto de cualquier ámbito de actividad y con independencia de las estructuras orgánicas o situación epidemiológica, contribuyendo así a garantizar eficazmente el ejercicio de derechos, el cumplimiento de obligaciones, el disfrute de
servicios por la ciudadanía y la optimización de los recursos para poder ofrecer otras vías de
contacto”. Ello motivó la incorporación a la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura del modelo de relación con la
ciudadanía y la creación de las oficinas de asistencia a la ciudadanía definidas como “aquéllas
que en el momento de la entrada en vigor de esta ley realizan presencialmente funciones de
atención e información a la ciudadanía sobre los servicios y procedimientos administrativos de
la Administración Autonómica y/o entidades del sector público, o de registro de documentos
conforme al Decreto 257/2009”.
Dentro de esta nueva tipología se distinguen las Oficinas de Asistencia General y las Oficinas
de Asistencia Especializada, con la finalidad de: por un lado, unificar y simplificar a la ciudadanía el acceso a los servicios que impone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas a las oficinas de registro (a las que
impone nuevas funciones o atribuciones); y, por otro lado, garantizar servicios efectivos,
próximos y personalizados a la ciudadanía por diferentes canales conforme a la Ley 8/2019,
de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Para adecuar la realidad al nuevo marco normativo la Vicepresidencia Primera y Consejería de
Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, con la colaboración de todas
Martes, 27 de abril de 2021
20752
RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2021, de la Vicepresidenta Primera y
Consejera, por la que se hace pública la creación de la Oficina de Asistencia
Virtual, así como la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atender
a lo previsto en el artículo 84.bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(2021061177)
A través del Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para
la reactivación de la actividad económica y social en la Comunidad Autonómica de Extremadura en el proceso hacia la “Nueva Normalidad”, la Junta de Extremadura adoptó una serie
de medidas, todas ellas necesarias y complementarias a las del Estado para hacer frente a la
actual crisis sanitaria durante el estado de alarma, dirigidas a conducir a la Comunidad Autónoma hacia una situación de regularidad más efectiva.
El alcance de las medidas adoptadas fue de diversa índole incluyendo, entre otras, medidas
dirigidas a reforzar la atención y asistencia a la ciudadanía en sus relaciones administrativas,
especialmente no presencial, con el propósito de “preservar la atención de los extremeños
y extremeñas, en todo momento, respecto de cualquier ámbito de actividad y con independencia de las estructuras orgánicas o situación epidemiológica, contribuyendo así a garantizar eficazmente el ejercicio de derechos, el cumplimiento de obligaciones, el disfrute de
servicios por la ciudadanía y la optimización de los recursos para poder ofrecer otras vías de
contacto”. Ello motivó la incorporación a la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura del modelo de relación con la
ciudadanía y la creación de las oficinas de asistencia a la ciudadanía definidas como “aquéllas
que en el momento de la entrada en vigor de esta ley realizan presencialmente funciones de
atención e información a la ciudadanía sobre los servicios y procedimientos administrativos de
la Administración Autonómica y/o entidades del sector público, o de registro de documentos
conforme al Decreto 257/2009”.
Dentro de esta nueva tipología se distinguen las Oficinas de Asistencia General y las Oficinas
de Asistencia Especializada, con la finalidad de: por un lado, unificar y simplificar a la ciudadanía el acceso a los servicios que impone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas a las oficinas de registro (a las que
impone nuevas funciones o atribuciones); y, por otro lado, garantizar servicios efectivos,
próximos y personalizados a la ciudadanía por diferentes canales conforme a la Ley 8/2019,
de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Para adecuar la realidad al nuevo marco normativo la Vicepresidencia Primera y Consejería de
Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, con la colaboración de todas