Otras Resoluciones. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones.- (2021061123)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021

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2. L
 as subvenciones de importe inferior a 3.000 euros serán abonadas en un solo pago
anticipado.
3. P
 ara el abono de las subvenciones de importe igual o superior a 3.000 euros se estará a lo
dispuesto en el apartado decimotercero, sin que en ningún caso la cantidad anticipada y
sin justificar pueda superar el 50% de la subvención concedida.
4. N
 o podrá realizarse el pago hasta que la entidad beneficiaria no aporte la declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma,
con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Decimotercero. Forma de pago.
1. L
 as subvenciones de importe inferior a 3.000 euros serán abonadas tras la notificación de
la resolución de concesión y previa presentación de la documentación acreditativa de la
publicidad referida en la letra i) del apartado decimoprimero.
2. L
 as subvenciones de importe igual o superior a 3.000 euros serán abonadas, de la siguiente
forma:
— El 50% del importe total, tras la notificación de la resolución de concesión y previa presentación de la siguiente documentación:
— Acreditación de la publicidad referida en la letra i) del apartado decimoprimero.
— Certificado de la entidad local en el que se haga constar la fecha de inicio y puesta en
marcha del proyecto.
— Certificado de la entidad local en el que se indique los datos identificativos del personal
técnico, fecha de inicio del contrato, sueldo, así como copia de su titulación o certificado
de experiencia laboral en su caso.
— El 50% restante cuando se haya justificado, como mínimo, el pago del primer 50% en
los términos establecidos en el apartado siguiente.
Decimocuarto. Plazo y forma de justificación de la subvención.
1. L
 a justificación de las cantidades realizadas en un solo pago deberá remitirse a la Dirección
General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias antes del 1 de
marzo del 2022 con la documentación que se detalla en las letras A) y B) del punto 3.