Otras Resoluciones. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones.- (2021061123)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021

20776

i) Dar publicidad de la subvención en un cartel con unas dimensiones mínimas de 297 x
420 mm en el que se incluya la mención “Junta de Extremadura. Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales, título del proyecto, cantidad subvencionada, nombre de la entidad”
en un lugar visible al público. De igual modo se deberá insertar la mencionada leyenda
en todas aquellas publicaciones, publicidad e información que se realicen para la difusión
del proyecto, memorias y demás documentación objeto de la subvención.
E
 l incumplimiento total o parcial de esta obligación a lo largo del año 2021 será causa de
reintegro de la subvención concedida, según lo establecido en el apartado decimoquinto.
j) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de la subvención recibida, que
estarán a disposición de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, de la Intervención General de la Junta de Extremadura y de cuantos órganos fiscalizadores y de control nacionales o comunitarios pudieran requerirlos.
A
 simismo, las entidades beneficiarias deberán contar con un sistema de contabilidad
separado o un código contable adecuado para garantizar la adecuada justificación de la
subvención.
k) Cumplir las obligaciones generales y específicas establecidas en la Orden de 29 de junio
de 2020, así como las recogidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
l) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos de incumplimiento contemplados en el apartado Decimoquinto.
2. A
 demás de las referidas obligaciones, las entidades beneficiarias se comprometen a realizar el proyecto subvencionado mediante personal técnico cualificado, quién, con dedicación
exclusiva, coordinará y ejecutará el mismo.
3. E
 n el supuesto de que, en la fecha de resolución de la subvención, la entidad beneficiaria
no haya formalizado aún la contratación del personal técnico, ésta deberá efectuarse en el
plazo máximo de dos meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión.
4. La contratación de las personas trabajadoras por el ayuntamiento/mancomunidad no tendrá vinculación laboral o administrativa alguna con la Junta de Extremadura.
Decimosegundo. Pago anticipado, exención de garantía y deber de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias.
1. E
 l abono de la subvención se hará efectivo, con carácter previo a la justificación del
cumplimiento de la finalidad para la que se concede. Este pago anticipado está exento de
garantía.