Disposiciones Generales. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo.- (2021040030)
Decreto 27/2021, de 21 de abril, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021
20663
DECRETO 27/2021, de 21 de abril, por el que se modifican las relaciones
de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la
Consejería de Hacienda y Administración Pública. (2021040030)
Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Asimismo, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos “no son un acto ordenador, sino
un acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza, configurando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella”.
Mediante el presente decreto lleva a cabo la reestructuración de los puestos de trabajo de
diversos órganos gestores de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, mediante la
creación, modificación y amortización de puestos de personal funcionario y laboral.
En relación con la modificación de puestos de personal funcionario, se pone el acento en el impulso que debe experimentar la implantación de las nuevas tecnologías en la Administración
Electrónica. De este modo, se crea la Sección de Protección de Datos, adscrita a la Secretaría
General de Administración Digital, la cual tiene encomendada la dirección clara y unánime
de aquellas actuaciones que den soporte a la Privacidad y Seguridad de la Información, promoviendo la adscripción de medios adecuados para ello. En consecuencia, se dota al órgano
competente en Administración Electrónica de recursos necesarios que lleven a cabo la reali-
Martes, 27 de abril de 2021
20663
DECRETO 27/2021, de 21 de abril, por el que se modifican las relaciones
de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la
Consejería de Hacienda y Administración Pública. (2021040030)
Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Asimismo, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos “no son un acto ordenador, sino
un acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza, configurando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella”.
Mediante el presente decreto lleva a cabo la reestructuración de los puestos de trabajo de
diversos órganos gestores de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, mediante la
creación, modificación y amortización de puestos de personal funcionario y laboral.
En relación con la modificación de puestos de personal funcionario, se pone el acento en el impulso que debe experimentar la implantación de las nuevas tecnologías en la Administración
Electrónica. De este modo, se crea la Sección de Protección de Datos, adscrita a la Secretaría
General de Administración Digital, la cual tiene encomendada la dirección clara y unánime
de aquellas actuaciones que den soporte a la Privacidad y Seguridad de la Información, promoviendo la adscripción de medios adecuados para ello. En consecuencia, se dota al órgano
competente en Administración Electrónica de recursos necesarios que lleven a cabo la reali-