Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061119)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Sociedad Extremeña de Educación Matemática "Ventura Reyes Prósper" y la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura para la organización y desarrollo de la XXIX Edición del Programa Educativo "Olimpiada Matemática".
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NÚMERO 77
Lunes, 26 de abril de 2021
20538
2. Dicha cantidad aparece consignada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021 como subvención nominativa, a favor de la Sociedad
Extremeña de Educación Matemática “Ventura Reyes Prósper”, y se imputará con cargo al
órgano gestor 130020000, posición presupuestaria G/222G/48900, fondo CAG0000001, y
proyecto de financiación 20000557, de los Presupuestos Generales para 2021 de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. D
icha aportación económica será abonada a la S.E.E.M. de la siguiente forma:
a) Un 50%, es decir, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), a la firma del presente convenio, cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación y Empleo y se
hará efectivo por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
b) Y el 50% restante, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), cuando se aporte
por la S.E.E.M. la justificación total de gastos establecida en el punto quinto de esta
estipulación.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1 a), de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la S.E.E.M. está
exenta de prestar garantía por los pagos anticipados.
5. L
a S.E.E.M. justificará a la Consejería de Educación y Empleo las cantidades percibidas,
mediante la presentación de originales o fotocopias compulsadas de facturas y demás
documentos acreditativos de los gastos y pagos efectuados, antes del 15 de diciembre de
2021, junto con la Memoria de actividades realizadas. A estos efectos, serán justificables
los gastos realizados durante el ejercicio 2021. En el caso de que la cantidad justificada
fuese menor que la aportación estipulada en el presente Convenio, conllevará la minoración
de dicha diferencia en el segundo de los pagos a efectuar.
Sexta. Compatibilidad.
La subvención prevista en este convenio será compatible con las que pudieran concederse por
cualquier Administración Pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Séptima. Difusión y publicidad.
En la difusión de todas las acciones que se pongan en marcha para el desarrollo del presente
convenio: publicidad, comunicación, información, divulgación, etc, figurarán de forma expresa ambas instituciones firmantes, indicándose, además, el carácter público de la financiación
Lunes, 26 de abril de 2021
20538
2. Dicha cantidad aparece consignada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021 como subvención nominativa, a favor de la Sociedad
Extremeña de Educación Matemática “Ventura Reyes Prósper”, y se imputará con cargo al
órgano gestor 130020000, posición presupuestaria G/222G/48900, fondo CAG0000001, y
proyecto de financiación 20000557, de los Presupuestos Generales para 2021 de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. D
icha aportación económica será abonada a la S.E.E.M. de la siguiente forma:
a) Un 50%, es decir, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), a la firma del presente convenio, cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación y Empleo y se
hará efectivo por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
b) Y el 50% restante, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), cuando se aporte
por la S.E.E.M. la justificación total de gastos establecida en el punto quinto de esta
estipulación.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1 a), de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la S.E.E.M. está
exenta de prestar garantía por los pagos anticipados.
5. L
a S.E.E.M. justificará a la Consejería de Educación y Empleo las cantidades percibidas,
mediante la presentación de originales o fotocopias compulsadas de facturas y demás
documentos acreditativos de los gastos y pagos efectuados, antes del 15 de diciembre de
2021, junto con la Memoria de actividades realizadas. A estos efectos, serán justificables
los gastos realizados durante el ejercicio 2021. En el caso de que la cantidad justificada
fuese menor que la aportación estipulada en el presente Convenio, conllevará la minoración
de dicha diferencia en el segundo de los pagos a efectuar.
Sexta. Compatibilidad.
La subvención prevista en este convenio será compatible con las que pudieran concederse por
cualquier Administración Pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Séptima. Difusión y publicidad.
En la difusión de todas las acciones que se pongan en marcha para el desarrollo del presente
convenio: publicidad, comunicación, información, divulgación, etc, figurarán de forma expresa ambas instituciones firmantes, indicándose, además, el carácter público de la financiación