Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061112)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de "Instalación y puesta en marcha de una planta de tratamiento de residuos inertes de construcción y demolición promovida por Juan José García Llorens", en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz).
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 77
Lunes, 26 de abril de 2021
20580
4.3.15 Para aquellos residuos susceptibles de ser arrastrados por el viento (plásticos,
papel-cartón), los contenedores en los que se almacenen se cubrirán con una
malla o bien se dispondrá de contenedores con cubierta.
4.3.16 No se realizarán en la instalación operaciones de mantenimiento, lavado, repostaje, cambio de aceite, etc, de la maquinaria utilizada.
4.3.17 Se limitarán los trabajos en la instalación de manera que se ejecuten durante el
horario diurno, evitando molestias, minimizando la posible afección por ruidos y
reduciendo así la contaminación lumínica.
4.3.18 El ruido producido por el funcionamiento de la maquinaria será aminorado con
un mantenimiento regular de la misma, ya que así se eliminan los ruidos procedentes de elementos desajustados que trabajan con altos niveles de vibración.
4.3.19 Se mantendrá la maquinaria en correcta puesta a punto en cuanto a los procesos generadores de gases y humos.
4.3.20 Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados, el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten correcta
gestión de los residuos a los diferentes gestores autorizados.
4.3.21 No se realizarán en la instalación operaciones de mantenimiento, lavado, repostaje, cambio de aceite, etc. de la maquinaria utilizada, camiones o vehículos.
4.3.22 Se pondrá especial cuidado en el manejo de lubricantes y sustancias tóxicas, con
el fin de evitar vertidos y derrames accidentales.
4.3.23 Se aplicarán los cuidados necesarios (como riegos, abonados, laboreos, etc.) y
se practicarán cuantos trabajos adicionales convengan (recepción de marras,
apostados, podas, etc.) para asegurar la funcionalidad de la pantalla vegetal.
4.4 Medidas a adoptar a la finalización de la actividad.
4.4.1 S
i se produjese el cierre definitivo de la actividad, se procederá a la retirada de
todas las instalaciones (cerramiento, soleras, contenedores, etc.) y todos los residuos, que serán entregados a gestor autorizado.
4.5 Programa de Vigilancia Ambiental.
4.5.1 El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y
designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del
Lunes, 26 de abril de 2021
20580
4.3.15 Para aquellos residuos susceptibles de ser arrastrados por el viento (plásticos,
papel-cartón), los contenedores en los que se almacenen se cubrirán con una
malla o bien se dispondrá de contenedores con cubierta.
4.3.16 No se realizarán en la instalación operaciones de mantenimiento, lavado, repostaje, cambio de aceite, etc, de la maquinaria utilizada.
4.3.17 Se limitarán los trabajos en la instalación de manera que se ejecuten durante el
horario diurno, evitando molestias, minimizando la posible afección por ruidos y
reduciendo así la contaminación lumínica.
4.3.18 El ruido producido por el funcionamiento de la maquinaria será aminorado con
un mantenimiento regular de la misma, ya que así se eliminan los ruidos procedentes de elementos desajustados que trabajan con altos niveles de vibración.
4.3.19 Se mantendrá la maquinaria en correcta puesta a punto en cuanto a los procesos generadores de gases y humos.
4.3.20 Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados, el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten correcta
gestión de los residuos a los diferentes gestores autorizados.
4.3.21 No se realizarán en la instalación operaciones de mantenimiento, lavado, repostaje, cambio de aceite, etc. de la maquinaria utilizada, camiones o vehículos.
4.3.22 Se pondrá especial cuidado en el manejo de lubricantes y sustancias tóxicas, con
el fin de evitar vertidos y derrames accidentales.
4.3.23 Se aplicarán los cuidados necesarios (como riegos, abonados, laboreos, etc.) y
se practicarán cuantos trabajos adicionales convengan (recepción de marras,
apostados, podas, etc.) para asegurar la funcionalidad de la pantalla vegetal.
4.4 Medidas a adoptar a la finalización de la actividad.
4.4.1 S
i se produjese el cierre definitivo de la actividad, se procederá a la retirada de
todas las instalaciones (cerramiento, soleras, contenedores, etc.) y todos los residuos, que serán entregados a gestor autorizado.
4.5 Programa de Vigilancia Ambiental.
4.5.1 El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y
designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del