Otras Resoluciones. Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Ayudas.- (2021061052)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el Programa de ayudas a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo correspondiente al ejercicio 2021.
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NÚMERO 76
Viernes, 23 de abril de 2021
20420
1) Se entienden por innovadores aquellos proyectos que incidan en alguno de los siguientes
ejes de actuación:
a) Actuaciones innovadoras destinadas a colectivos específicos que desarrollen mecanismos y metodologías novedosas de intervención con los mismos.
b) Actuaciones innovadoras de intervención con carácter territorial basadas en las estrategias de desarrollo local participativo.
c) Actuaciones innovadoras que contribuyan a la creación de nuevas estructuras de economía social.
d) Actuaciones innovadoras en materia de igualdad entre hombres y mujeres en el acceso
al mercado laboral.
e) Actuaciones innovadoras que contribuyan a la mejora de la empleabilidad de las personas discapacitadas en situación de desempleo.
f) Actuaciones innovadoras en metodologías de orientación profesional, diseño e implementación de perfiles profesionales, mejora de competencias o integración sociolaboral.
g) Actuaciones innovadoras que contribuyan a la mejora de la empleabilidad de mujeres
víctimas de violencia de género y de los hijos e hijas (víctimas de violencia doméstica),
en situación de desempleo.
h) Actuaciones innovadoras en materia de conciliación y corresponsabilidad en el acceso al
mercado laboral.
2) Los proyectos innovadores deberán cumplir además las siguientes condiciones:
a) Responder a un diagnóstico y planificación previa.
b) Justificar su carácter innovador, ya sea por la metodología empleada, el enfoque, los
contenidos o los resultados esperados.
c) Ser proyectos que se integren con el resto de las políticas de empleo o sociolaborales en
el territorio y en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) Emplear perspectiva de género tanto en el diagnóstico como en la planificación previa,
servir para disminuir las desigualdades del mercado laboral, emplear un lenguaje no sexista, incorporar contenidos sobre igualdad, reflejar datos que aparezcan desagregados
por sexos o emplear imágenes que sean inclusivas.
Viernes, 23 de abril de 2021
20420
1) Se entienden por innovadores aquellos proyectos que incidan en alguno de los siguientes
ejes de actuación:
a) Actuaciones innovadoras destinadas a colectivos específicos que desarrollen mecanismos y metodologías novedosas de intervención con los mismos.
b) Actuaciones innovadoras de intervención con carácter territorial basadas en las estrategias de desarrollo local participativo.
c) Actuaciones innovadoras que contribuyan a la creación de nuevas estructuras de economía social.
d) Actuaciones innovadoras en materia de igualdad entre hombres y mujeres en el acceso
al mercado laboral.
e) Actuaciones innovadoras que contribuyan a la mejora de la empleabilidad de las personas discapacitadas en situación de desempleo.
f) Actuaciones innovadoras en metodologías de orientación profesional, diseño e implementación de perfiles profesionales, mejora de competencias o integración sociolaboral.
g) Actuaciones innovadoras que contribuyan a la mejora de la empleabilidad de mujeres
víctimas de violencia de género y de los hijos e hijas (víctimas de violencia doméstica),
en situación de desempleo.
h) Actuaciones innovadoras en materia de conciliación y corresponsabilidad en el acceso al
mercado laboral.
2) Los proyectos innovadores deberán cumplir además las siguientes condiciones:
a) Responder a un diagnóstico y planificación previa.
b) Justificar su carácter innovador, ya sea por la metodología empleada, el enfoque, los
contenidos o los resultados esperados.
c) Ser proyectos que se integren con el resto de las políticas de empleo o sociolaborales en
el territorio y en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) Emplear perspectiva de género tanto en el diagnóstico como en la planificación previa,
servir para disminuir las desigualdades del mercado laboral, emplear un lenguaje no sexista, incorporar contenidos sobre igualdad, reflejar datos que aparezcan desagregados
por sexos o emplear imágenes que sean inclusivas.