Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061121)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y Feval Gestión de Servicios, SLU, para la gestión de las ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 76
Viernes, 23 de abril de 2021

20369

Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n °
1083/2006 del Consejo, sin perjuicio de disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado
ejercicio de las facultades de comprobación y control.
Sexta. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de Feval Gestión de Servicios, SLU,
designados por quienes suscriben el presente Convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª del
Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del
sector público, para los órganos colegiados.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Feval Gestión de Servicios, SLU.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
• Realizar el seguimiento de las comprobaciones realizadas por la entidad colaboradora, en
virtud del presente Convenio.
• Elevar a los órganos competentes de las dos entidades, las propuestas de mejora, adaptación o modificación del presente Convenio que se consideren pertinentes.
• Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente Convenio.
• Comunicar a la Dirección General de Agenda Digital, cualquier incidencia o incumplimiento detectado en el ejercicio de sus funciones.
• Supervisar el cómputo total de expedientes comprobados en base a los informes finales de
cada expediente presentados por la entidad colaboradora. Una vez que finalicen las actuaciones de comprobación por parte de la entidad colaboradora, la Comisión de Seguimiento
reflejará en el acta de su última sesión, el número total de comprobaciones realizadas.