Otras Resoluciones. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Turismo. Subvenciones.- (2021061091)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura, para la anualidad 2021.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021

20169

b) Que la inversión objeto de subvención se halle en fase de real ejecución.
c) Que la prórroga esté justificada, bien por la complejidad de las obras a realizar o bien
por otras causas no imputables a la voluntad del interesado.
3. La prórroga concedida no podrá exceder de la mitad del plazo para la ejecución de las actuaciones subvencionadas.
4. En ningún caso las prórrogas podrán suponer un incremento de la cuantía de subvención
concedida.
5. En caso de que el plazo de ejecución abarque varias anualidades, se realizarán los ajustes
presupuestarios correspondientes.
Decimoséptimo. Justificación y pago de la subvención.
1. Dentro del plazo referido en el punto 1 del apartado decimosexto, o en su caso, dentro
del plazo de la prórroga acordada, el beneficiario deberá justificar ante el órgano gestor,
el cumplimiento de las condiciones impuestas en la resolución de concesión de la ayuda,
la finalización de las actuaciones subvencionadas y el pago de las mismas, mediante rendición de la cuenta justificativa, la cual deberá incluir, bajo responsabilidad del declarante,
solicitud de liquidación ajustada al Anexo II de la presente resolución y la siguiente documentación:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del
acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, indicando las
desviaciones acaecidas, conforme al Anexo III de la presente resolución.
c) Justificantes del gasto, los cuales se acreditarán mediante facturas en firme o documento que la sustituya, de fecha posterior a la fecha de presentación de la solicitud. La
descripción de los conceptos que se facturan debe ser clara y precisa y debe permitir
apreciar la vinculación con la actuación subvencionada.
d) Justificante del pago de las actuaciones. Los pagos de las actuaciones se acreditarán por
los siguientes medios:


1. D
 ocumento bancario en el que quede acreditado que el beneficiario de la subvención
es titular de la cuenta bancaria desde la que se realiza el pago.

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa