Otras Resoluciones. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Turismo. Subvenciones.- (2021061091)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura, para la anualidad 2021.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021
20166
Se podrá prescindir del trámite de audiencia anterior, cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones o pruebas que las aducidas
por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter
de definitiva.
Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando
su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto, frente a la administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.
4. El órgano competente para dictar la resolución de estas ayudas es la Secretaría General de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Decimotercero. Contenido y plazo en que será notificada la resolución.
1. E
l plazo máximo para dictar y notificar la resolución que ponga fin al procedimiento será
de seis meses, computados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto
en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de concesión
de la subvención.
2.
Frente a la resolución expresa, que no agota la vía administrativa podrá interponerse
recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el titular de la
consejería competente en materia de turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarto. Importes y financiación.
1. L
a cuantía total de la presente convocatoria asciende a 3.252.135,83 de euros.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Jueves, 22 de abril de 2021
20166
Se podrá prescindir del trámite de audiencia anterior, cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones o pruebas que las aducidas
por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter
de definitiva.
Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando
su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto, frente a la administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.
4. El órgano competente para dictar la resolución de estas ayudas es la Secretaría General de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Decimotercero. Contenido y plazo en que será notificada la resolución.
1. E
l plazo máximo para dictar y notificar la resolución que ponga fin al procedimiento será
de seis meses, computados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto
en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de concesión
de la subvención.
2.
Frente a la resolución expresa, que no agota la vía administrativa podrá interponerse
recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el titular de la
consejería competente en materia de turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarto. Importes y financiación.
1. L
a cuantía total de la presente convocatoria asciende a 3.252.135,83 de euros.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa