Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061068)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalación solar fotovoltaica "Carmonita IV" de 50 MWp", en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA19/1625.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021

20238

co y etnográfico de la región, se emite informe favorable, pero condicionada a la ejecución de
la intervención arqueológica indicada: seguimiento arqueológico durante todo el movimiento
de tierras de las obras.
El Ayuntamiento deberá remitir al Consorcio de la Ciudad Monumental el proyecto de edificación para que esta entidad pueda dictar la resolución prevista en el artículo 9.39.3) y para
dictaminar y supervisar el proceso arqueológico”.
Todas las actividades se ajustarán a lo establecido al respecto en el título III de la Ley 2/1999,
de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en el Decreto 93/1997, Regulador de la
Actividad Arqueológica en Extremadura, así como en la Ley 3/2011, de 17 de febrero, de modificación de la Ley 2/1999.
— Con fecha 8 de enero de 2020, se emite informe aclaratorio por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, en el que indican que la planta y la línea de
evacuación no están dentro de ningún lugar de la Red Natura 2000. Informan favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a especies del anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas o a hábitats de Directiva
92/43/CEE, siempre que se cumplan las siguientes medidas:
• Los trabajos de construcción no comenzarán entre el 1 de marzo y el 1 de julio.
• El control de la vegetación dentro de la planta no se hará con herbicidas. Se utilizará
preferiblemente ganado, o en su defecto procedimientos mecánicos.
• Si se detectara la presencia de alguna especie protegida o de interés en el área de trabajo se avisará a técnicos de la DGS, que darán las indicaciones oportunas.
• Los paneles se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en el suelo. En los casos en los que sea necesario usar hormigón se hará de forma localizada en
los puntos de anclaje de las estructuras al suelo.
• Si en alguna zona la pendiente del terreno requiriese realizar movimientos de tierras para
reducirla, se retirará la tierra vegetal antes para extenderla al final, especialmente en los
taludes. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre
de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal
extra en las áreas con peligro de erosión.
• El cerramiento de la instalación será de malla ganadera de 2 m de altura y con cuadrícula
inferior de 15 por 30 cm mínimo. No tendrá sistemas de anclaje al suelo diferente de los
postes, ni elementos cortantes o punzantes y contará con una placa metálica entre cada
vano en la mitad superior de la valla de 20 por 20 cm para hacerla más visible para la