Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061068)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalación solar fotovoltaica "Carmonita IV" de 50 MWp", en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA19/1625.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021
20254
do caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de restauración posteriores.
6. Los viales nuevos y los tramos a acondicionar se adaptarán a la orografía de la zona, minimizando los movimientos de tierras y evitando la ejecución de desmontes y terraplenes
excesivos.
7. Se respetarán los drenajes naturales del terreno existentes evitando la disposición de elementos sobre los mismos.
8. C
on el fin de minimizar la ocupación del suelo y afección a la vegetación, se aprovecharán
los accesos y la red de caminos existentes, procediendo a ejecutar únicamente los viales
incluidos en el EsIA. No obstante, se repondrán los accesos que puedan verse afectados
tanto por la ejecución de las obras como por la implantación de las nuevas instalaciones.
9. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios de
material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el proyecto
y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos, acopios, parques de maquinaría y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones e informes
ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
10. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas e
infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como
evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán quedar, bajo
ningún concepto, acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc., debiendo proceder a depositarlo según la legislación correspondiente. La totalidad de las infraestructuras
e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
11. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con su
continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.
12. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos accidentales
al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de
la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.
13. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas antes
de 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con las plantaciones, al estar
sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos, etc., se ejecutarán en el primer
periodo de plantación una vez finalizadas las obras. Dichas plantaciones estarán sujetas
al seguimiento de su viabilidad y por tanto a posibles reposiciones de marras posteriores
(incluido en el Programa de vigilancia y seguimiento ambiental).
Jueves, 22 de abril de 2021
20254
do caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de restauración posteriores.
6. Los viales nuevos y los tramos a acondicionar se adaptarán a la orografía de la zona, minimizando los movimientos de tierras y evitando la ejecución de desmontes y terraplenes
excesivos.
7. Se respetarán los drenajes naturales del terreno existentes evitando la disposición de elementos sobre los mismos.
8. C
on el fin de minimizar la ocupación del suelo y afección a la vegetación, se aprovecharán
los accesos y la red de caminos existentes, procediendo a ejecutar únicamente los viales
incluidos en el EsIA. No obstante, se repondrán los accesos que puedan verse afectados
tanto por la ejecución de las obras como por la implantación de las nuevas instalaciones.
9. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios de
material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el proyecto
y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos, acopios, parques de maquinaría y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones e informes
ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
10. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas e
infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como
evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán quedar, bajo
ningún concepto, acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc., debiendo proceder a depositarlo según la legislación correspondiente. La totalidad de las infraestructuras
e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
11. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con su
continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.
12. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos accidentales
al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de
la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.
13. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas antes
de 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con las plantaciones, al estar
sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos, etc., se ejecutarán en el primer
periodo de plantación una vez finalizadas las obras. Dichas plantaciones estarán sujetas
al seguimiento de su viabilidad y por tanto a posibles reposiciones de marras posteriores
(incluido en el Programa de vigilancia y seguimiento ambiental).