Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061090)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada, presentada por Piensos Costa, SAU, de la Resolución concedida en fecha 12 de julio de 2007, por la que se otorgó autorización ambiental integrada y se formuló declaración de impacto ambiental a explotaciones porcinas Señorón, SL, para la instalación de explotación porcina.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021

20208

— Profundidad mínima de 2 m.
— Talud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos; y cuneta en
todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
— Estructura:


• Sistema de control de fugas mediante red de recogida de filtraciones canalizadas a
una arqueta de detección de fugas, ubicada en el punto más bajo del terreno.



• Capa drenante.



• Lámina de Geotextil.



• Lámina de PEAD de 1,5 mm mínimo.



• Cuneta en todo su perímetro.



• Cerramiento perimetral.



•S
 e dispondrá de certificado de calidad emitido por la empresa encargada de su
construcción.

— La balsa de homogenización, consistente en una fosa de hormigón abierta, con sistema
de agitación en su fondo, se ajustará a las siguientes características en su diseño y
construcción:


• I mpermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.



• Talud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos, y cuneta en
todo su perímetro, que evite el acceso de aguas de escorrentía.



• Cerramiento perimetral, que impida el acceso de personas y animales.

— En lo que respecta al funcionamiento del agitador de fondo, se procurará minimizar su
uso de modo que se aplique puntualmente, únicamente cuando resulte necesario homogeneizar el estiércol para su trasvase a la balsa de retención.
4. La frecuencia de vaciado de las balsas ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y
siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máximo deberán vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado de
la instalación, arreglando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable de
la misma. El volumen retirado será tratado y gestionado mediante la aplicación del mismo
como abono orgánico.